Magistrado del TC Gustavo Gutiérrez Ticse participó en la Primera Cumbre Nacional de Pueblos Indígenas que se realiza en Ucayali

Nota de prensa
Aseveró que esa justicia formal no responde a las necesidades de una población tan distinta, y olvida que hay muchas comunidades y naciones, con muchas divergencias culturales.
Magistrado del TC Gustavo Gutiérrez Ticse participó en la Primera Cumbre Nacional de Pueblos Indígenas que se realiza en Ucayali
Magistrado del TC Gustavo Gutiérrez Ticse participó en la Primera Cumbre Nacional de Pueblos Indígenas que se realiza en Ucayali
Magistrado del TC Gustavo Gutiérrez Ticse participó en la Primera Cumbre Nacional de Pueblos Indígenas que se realiza en Ucayali
Magistrado del TC Gustavo Gutiérrez Ticse participó en la Primera Cumbre Nacional de Pueblos Indígenas que se realiza en Ucayali

Fotos: Oficina de Imagen Institucional

Oficina de Imagen Institucional

26 de noviembre de 2024 - 5:50 p. m.

Durante su participación en la Primera Cumbre Nacional de Pueblos Indígenas, el magistrado del Tribunal Constitucional (TC), Gustavo Gutiérrez Ticse, afirmó que la justicia estatal no refleja la realidad y vive en un mundo paralelo, donde hay una justicia formal, con códigos, leyes y declaraciones normativas muy bonitas, pero que no se enlaza ante una realidad cultural distinta, especialmente, en comunidades nativas donde deben viajar hasta 12 y 18 horas en lancha para presentar una denuncia ante el juez de primera instancia.

Aseveró que esa justicia formal no responde a las necesidades de una población tan distinta, y olvida que hay muchas comunidades y naciones, con muchas divergencias culturales.

Indicó que el Perú es una “síntesis viviente” entre una civilización andino amazónica y el mundo hispánico, por lo que la administración de justicia debe ajustarse a los cánones del pluralismo jurídico y no se puede administrar justicia de manera igual en un país que es profundamente desigual.

Destacó algunas sentencias del TC sobre la autonomía de las comunidades nativas y campesinas, sentencia 02765-2014-PA; la STC 00889-2017-PA (caso María Antonia Díaz Cáceres de Tinoco), que es un estado de cosas inconstitucional por la ausencia de una efectiva vigencia del derecho a que el Estado se comunique oficialmente también en lenguas originarias, en las zonas del país donde ellas son predominantes.

Asimismo, el reconocimiento del Convenio 169 y del derecho a la consulta previa en el expediente N° 003343-2007-AA/TC, que resaltaba la falta de regulación legislativa.

Añadió que la sentencia 06316-2008-PA/TC establece que el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) es una consulta previa, pública, neutral y transparente, cuya convocatoria debe hacerse en el propio idioma de las comunidades y con la supervisión estatal. Anotó que la STC 00022-2009-PI/TC, enfatiza que la consulta previa constituye un diálogo intercultural entre el Estado y los Pueblos Indígenas.

Mencionó el caso Punchana, expediente 03383-2021-PA/TC, cuya sentencia declara un estado de cosas inconstitucional en la región Loreto, respecto a la vulneración masiva del derecho al agua potable y la contaminación ambiental, y la subsecuente vulneración de otros derechos fundamentales, como la salud, la vida, el bienestar, la vivienda, entre otros, como consecuencia de la falta de acopio y gestión de residuos sólidos; y la falta de tratamiento de aguas residuales y establece medidas programáticas para revertirlas, calificando esta sentencia, así como las anteriores como un gran avance en la reivindicación de los derechos colectivos.

El magistrado Gustavo Gutiérrez compartió la mesa de honor con el congresista Américo Gonza, el defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez; el director Ejecutivo de Pueblos Indígenas y Originarios del MINSA, Edén Román Galán Rodas; el representante de la Agencia Adventista de Desarrollo y Recursos Asistenciales ADRA, Javier Espejo.

Ucayali, 26 de noviembre de 2024

Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional