El magistrado del TC César Ochoa expuso en el Congreso Internacional de la Unión Iberoamericana de las Cortes Supremas y Constitucionales

Nota de prensa
Reflexionó sobre la permeabilidad constitucional, la mutación constitucional, la independencia judicial, entre otros temas.

El magistrado del TC César Ochoa expuso en el Congreso Internacional de la Unión Iberoamericana de Universidades y de las Cortes Supremas y Constitucionales de Iberoamérica

El magistrado del TC César Ochoa expuso en el Congreso Internacional de la Unión Iberoamericana de Universidades y de las Cortes Supremas y Constitucionales de Iberoamérica

Fotos: Oficina de Imagen Institucional

Oficina de Imagen Institucional

30 de octubre de 2024 - 4:42 p. m.

El magistrado del Tribunal Constitucional (TC), César Ochoa Cardich, quien se desempeña también como director general del Centro de Estudios Constitucionales (CEC) del TC, expuso en el Congreso Internacional de la Unión Iberoamericana de Universidades y de las Cortes Supremas y Constitucionales de Iberoamérica, en México, sobre la permeabilidad constitucional, la mutación constitucional, la independencia judicial, entre otros temas.

Sobre la permeabilidad constitucional dijo que, en el Perú, la cuarta disposición final y transitoria de la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por el Perú.

Detalló que, de este modo, se reconoce y da rango constitucional a la DUDH. Igual ocurre con el Convenio 169 – Convenio sobre pueblos indígenas, que otorga el derecho a la consulta previa a los pueblos originarios.

Con respecto a la mutación constitucional, sostuvo que, en el régimen político peruano o forma de gobierno, para algunos politólogos hay una mutación del régimen presidencialista al parlamentario. Sin embargo, considera que se mantiene el presidencialista, donde el presidente concentra muchas atribuciones.

En términos jurídicos, sobre la mutación, señaló que el artículo 200 de la Constitución indica que no procede la acción de amparo contra normas legales ni contra Resoluciones Judiciales emanadas de procedimiento regular y que como magistrado del TC es un guardián de la Constitución. Pero, vía jurisprudencial, sí procede contra normas legales autoejecutivas o autoaplicativas, vale decir, aquellas cuya aplicabilidad, una vez que han entrado en vigencia, resulta inmediata e incondicionada.

Mencionó que el artículo 139 de la Constitución, numeral 2, referido a los principios de la administración de justicia, establece la garantía de la tutela jurisdiccional efectiva como parte de los derechos de los justiciables.

En torno a la independencia judicial consideró que la ratificación de jueces que realiza cada siete años la Junta Nacional de Justicia, una especie de evaluación de desempeño, atenta contra la independencia judicial y el debido proceso. Sin embargo, la Constitución lo mantiene.

La participación del magistrado Ochoa fue en el Aula Magna Jacinto Pallares de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), organizadora del evento del 28 al 30 de octubre, donde también intervino la presidenta del TC, magistrada Luz Pacheco Zerga.

Tras las intervenciones de los magistrados del TC hubo una mesa redonda donde intercambiaron puntos de vista con los asistentes.

Lima, 30 de octubre de 2024

Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional