Vicepresidenta del TC Luz Pacheco expuso sobre los límites de los tribunales internacionales en congreso en el Cusco

Nota de prensa
Pacheco Zerga considera fundamental, que al ser la persona humana y el respeto de su dignidad el fin supremo del Estado y la sociedad, es indispensable identificar cuál es el contenido de esa dignidad
Vicepresidenta del TC Luz Pacheco expuso sobre los límites de los tribunales internacionales en congreso en el Cusco
Vicepresidenta del TC Luz Pacheco expuso sobre los límites de los tribunales internacionales en congreso en el Cusco

Fotos: Oficina de Imagen Institucional

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23 de agosto de 2024 - 9:24 p. m.

Cusco, 23 de agosto (Especial). - La vicepresidenta del Tribunal Constitucional (TC), Luz Pacheco Zerga, dio la conferencia magistral sobre “Los límites de los tribunales internacionales”, durante el VIII Congreso Nacional de Derecho Procesal Constitucional en el Cusco.

La magistrada recordó que el artículo VIII del nuevo Código Procesal Constitucional señala que, en caso una norma convencional reconozca un derecho o libertad en forma más restrictiva que las normas nacionales, los jueces deben preferir la norma nacional. Un mandato similar existe en la misma Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), en su artículo 29, cuando prohíbe a los jueces “limitar el goce y ejercicio de cualquier derecho o libertad que pueda estar reconocido de acuerdo con las leyes de cualquiera de los Estados Partes o de acuerdo con otra convención en que sea parte uno de dichos Estados”.

En consecuencia, el Estado peruano está obligado a cumplir con los mandatos de la Corte Interamericana en la medida en que ésta interprete los derechos y libertades de acuerdo al texto de la mencionada convención: no es suficiente la corrección “formal” de sus decisiones, se requiere también la corrección material, es decir, el respeto a los bienes humanos básicos reconocidos en la Constitución y en la CADH.

Pacheco Zerga considera fundamental, que al ser la persona humana y el respeto de su dignidad el fin supremo del Estado y la sociedad, es indispensable identificar cuál es el contenido de esa dignidad. Recordó que el derecho es una ciencia que, para su desarrollo, exige que los términos se empleen en un sentido unívoco. No basta invocar la dignidad como si fuera un concepto vacío, equiparable a la simple autodeterminación. Resulta indispensable reconocer que la naturaleza humana tiene un rostro legible, que exige distinguir entre comportamientos acordes con la dignidad humana y los que no lo son, así como entre derechos y pretensiones.

Finalmente, recordó que los jueces, tanto ordinarios como constitucionales, están obligados a impartir justicia conforme a la moral objetiva plasmada en la Constitución, sin subjetivismos y respetando la correcta sujeción a los tribunales internacionales.

Oficina de Imagen Institucional del Tribunal Constitucional