Sutran recuerda que beneficio de reducción de deudas pendientes de pago continúa vigente
Nota de prensaEl Programa de Regularización de Sanciones (PRS) continúa hasta el 31 de agosto de 2024.


2 de enero de 2024 - 10:31 a. m.
¿Eres transportista, conductor, generador de carga, u operador de infraestructura complementaria y tienes deudas pendientes de regularizar por infracciones de tránsito o transporte? La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) les recuerda que continúa vigente el Programa de Regularización de Sanciones (PRS) mediante el cual podrán obtener una reducción de hasta el 95% en sus multas impuestas.
Para acceder al PRS realiza los siguientes pasos:
Solicita, a través del correo institucional prs@sutran.gob.pe el reporte de las sanciones pendientes de pago, así como de las infracciones y/o incumplimientos. Recuerda indicar en tu correo la siguiente información:
Nombres completos y DNI o denominación o razón social y número de RUC.
En el caso de personas jurídicas o personas naturales que actúen a través de un apoderado, el solicitante debe adjuntar documento mediante el cual acredite contar con facultades de representación.
Placa o placas de los vehículos, de requerirse información por vehículo.
En un plazo máximo de 10 días hábiles, se remitirá la respuesta a la solicitud. De ser el caso, se proporcionarán los respectivos códigos, montos de pago y el nombre de las entidades o medios bancarios de pago, aplicando el descuento.
Realiza el pago respectivo a través de las entidades o medios bancarios, señalando su código de pago y cancelando el monto correspondiente, de acuerdo a la información proporcionada por la Sutran
Finalmente, ingresa a la plataforma virtual de la Sutran a través del enlace https://webexterno.sutran.gob.pe/WebExterno/Pages/SolicitudAIP/SolicitudPRS.aspx, completa los campos del Formulario (Virtual) Solicitud de Acogimiento Programa de Regularización de Sanciones y adjunta los siguientes documentos:
Recibo o recibos de pago por cada infracción o incumplimiento (de corresponder) en un único archivo PDF.
Formato de solicitud de acogimiento al programa de regularización de sanciones.
En caso de advertir observaciones a la solicitud, el administrado tendrá un plazo de cinco días hábiles para la subsanación. Cabe indicar que la notificación de la resolución que aprueba la solicitud de acogimiento al Programa de Regularización de Sanciones se realiza a la casilla electrónica del administrado; asimismo, las demás comunicaciones serán remitidas al correo electrónico indicado por el mismo en el formato respectivo.
Para el caso de los conductores que soliciten acceder a los beneficios del PRS, la Sutran precisa que deberán haber llevado y culminado el Curso de Buenas Prácticas en Seguridad Vial y Cumplimiento de la Normativa en Materia de Transporte y Tránsito Terrestre, el cual es dictado por la SUTRAN a nivel nacional. El conductor debe cumplir dicha condición al momento de presentar su solicitud para acceder a los beneficios del PRS.
Cabe indicar que este beneficio estará vigente hasta el 31 de agosto de 2024 y excluye aquellas infracciones graves y muy graves que representan un riesgo para la vida y seguridad de los usuarios como transporte informal, exceso de velocidad, conducir bajo los efectos del alcohol o con licencia retenida o suspendida, entre otras, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 014 -2023-MTC.
Para acceder al PRS realiza los siguientes pasos:
Solicita, a través del correo institucional prs@sutran.gob.pe el reporte de las sanciones pendientes de pago, así como de las infracciones y/o incumplimientos. Recuerda indicar en tu correo la siguiente información:
Nombres completos y DNI o denominación o razón social y número de RUC.
En el caso de personas jurídicas o personas naturales que actúen a través de un apoderado, el solicitante debe adjuntar documento mediante el cual acredite contar con facultades de representación.
Placa o placas de los vehículos, de requerirse información por vehículo.
En un plazo máximo de 10 días hábiles, se remitirá la respuesta a la solicitud. De ser el caso, se proporcionarán los respectivos códigos, montos de pago y el nombre de las entidades o medios bancarios de pago, aplicando el descuento.
Realiza el pago respectivo a través de las entidades o medios bancarios, señalando su código de pago y cancelando el monto correspondiente, de acuerdo a la información proporcionada por la Sutran
Finalmente, ingresa a la plataforma virtual de la Sutran a través del enlace https://webexterno.sutran.gob.pe/WebExterno/Pages/SolicitudAIP/SolicitudPRS.aspx, completa los campos del Formulario (Virtual) Solicitud de Acogimiento Programa de Regularización de Sanciones y adjunta los siguientes documentos:
Recibo o recibos de pago por cada infracción o incumplimiento (de corresponder) en un único archivo PDF.
Formato de solicitud de acogimiento al programa de regularización de sanciones.
En caso de advertir observaciones a la solicitud, el administrado tendrá un plazo de cinco días hábiles para la subsanación. Cabe indicar que la notificación de la resolución que aprueba la solicitud de acogimiento al Programa de Regularización de Sanciones se realiza a la casilla electrónica del administrado; asimismo, las demás comunicaciones serán remitidas al correo electrónico indicado por el mismo en el formato respectivo.
Para el caso de los conductores que soliciten acceder a los beneficios del PRS, la Sutran precisa que deberán haber llevado y culminado el Curso de Buenas Prácticas en Seguridad Vial y Cumplimiento de la Normativa en Materia de Transporte y Tránsito Terrestre, el cual es dictado por la SUTRAN a nivel nacional. El conductor debe cumplir dicha condición al momento de presentar su solicitud para acceder a los beneficios del PRS.
Cabe indicar que este beneficio estará vigente hasta el 31 de agosto de 2024 y excluye aquellas infracciones graves y muy graves que representan un riesgo para la vida y seguridad de los usuarios como transporte informal, exceso de velocidad, conducir bajo los efectos del alcohol o con licencia retenida o suspendida, entre otras, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 014 -2023-MTC.