Ica: Sutran, Osinergmin y Policía de Carreteras se unen en la fiscalización del transporte de mercancía internacional
Nota de prensa


Fotos: Sutran
17 de mayo de 2023 - 9:45 a. m.
A fin de garantizar el cumplimiento de la normativa internacional en materia de transporte por carretera, la Sutran, en alianza con el Osinergmin y la Policía de Carreteras, desarrolló un operativo de control en el km. 264 de la Panamericana Sur, orientado a fiscalizar los vehículos de mercancías provenientes del extranjero.
Las unidades de transportes pasaron por una exhaustiva revisión para evitar el transporte local (cabotaje) o posible transporte no autorizado de mercancías que podría generar competencia desleal a los transportistas nacionales.
Asimismo, el personal operativo de la Sutran Ica inspeccionó las dimensiones de los tanques de combustible a fin de sancionar cualquier posible modificación prohibida por el marco de la Comunidad Andina (CAN) y el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT).
Sanciones
La Sutran recuerda que todo aquel vehículo internacional que realice el servicio de transporte de mercancía local en el país de destino o de tránsito es pasible de recibir una multa de US$ 4000 (cuatro mil dólares), al amparo del Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre: Segundo Protocolo Adicional sobre Infracciones y Sanciones.
En tanto, la CAN determina que efectuar transporte local en uno de los países miembros diferente a su país de origen se sanciona con la cancelación de la autorización, al amparo de la Decisión 467; mientras que, al remitente/generador de cargo/dador en ambos marcos internacionales se impone la sanción del 50% de 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
Las unidades de transportes pasaron por una exhaustiva revisión para evitar el transporte local (cabotaje) o posible transporte no autorizado de mercancías que podría generar competencia desleal a los transportistas nacionales.
Asimismo, el personal operativo de la Sutran Ica inspeccionó las dimensiones de los tanques de combustible a fin de sancionar cualquier posible modificación prohibida por el marco de la Comunidad Andina (CAN) y el Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT).
Sanciones
La Sutran recuerda que todo aquel vehículo internacional que realice el servicio de transporte de mercancía local en el país de destino o de tránsito es pasible de recibir una multa de US$ 4000 (cuatro mil dólares), al amparo del Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre: Segundo Protocolo Adicional sobre Infracciones y Sanciones.
En tanto, la CAN determina que efectuar transporte local en uno de los países miembros diferente a su país de origen se sanciona con la cancelación de la autorización, al amparo de la Decisión 467; mientras que, al remitente/generador de cargo/dador en ambos marcos internacionales se impone la sanción del 50% de 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT).