Comunicado

Nota de prensa
Ante la información difundida por un medio periodístico sobre la designación de funcionarios en la entidad, Sutran informa lo siguiente a la opinión pública:

1 de agosto de 2022 - 5:43 p. m.

La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), ante la información difundida por un medio periodístico sobre la designación de funcionarios en la entidad, informa lo siguiente a la opinión pública:

  • En aras de la transparencia, pilar fundamental de una correcta gestión pública, la Sutran se pone a disposición de la Contraloría General de la República y otras entidades, para las acciones de control y fiscalización que correspondan, en el marco de sus funciones, a fin de esclarecer los hechos.

  • Sin perjuicio de ello, debe precisarse que las designaciones de puestos de confianza, previamente a la entrada en vigencia de la Ley 31419 y su reglamento, se han realizado según los perfiles exigidos para los cargos de confianza establecidos en la entidad.

  • Estas designaciones han pasado por todos los filtros correspondientes que establecía la normativa de la entidad (Unidad de Recursos Humanos, Oficina de Asesoría Legal y Gerencia General).

  • Adicionalmente, es importante destacar que, en junio de 2022, la Sutran solicitó a SERVIR la revisión del Manual de Clasificador de Cargos a fin de dar cumplimiento estricto a la Ley 31419 -aprobada en mayo último- y su reglamento. Dicha ley establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción.

  • Asimismo, el despacho de la Superintendencia ha solicitado con la debida antelación a la Unidad de Recursos Humanos de la Sutran la implementación de los procedimientos para el cumplimiento de la Ley 31419, de acuerdo a sus competencias y atribuciones contenidas en la misma Ley.

  • Adicionalmente, se remitió un oficio al OCI recomendando revisar al detalle el cumplimiento de requisitos mínimos en funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción.

  • Respecto a la designación de los asesores, es preciso señalar que su contratación en la entidad se ha realizado por libre designación, acorde con las directivas correspondientes antes de la vigencia de la Ley 31419. Dicha norma mantiene, con determinadas precisiones, la condición de libre designación.

  • Estas designaciones también contaron con los informes favorables emitidos por la Unidad de Recursos Humanos, Asesoría Jurídica y Gerencia General.

  • Cabe precisar que toda designación o remoción de funcionarios de confianza por parte de la Sutran debe realizarse con la aprobación del Consejo Directivo, el mismo que actualmente carece de cuórum al no contar con el mínimo de representantes designados con Resoluciones Supremas emitidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

  • La Sutran reitera su compromiso de velar por la estricta aplicación de la normativa vigente y el uso correcto de los recursos públicos.