Jornada máxima de conducción y descanso de conductores, claves para un viaje seguro

Nota de prensa
• La SUTRAN recuerda que esta medida ayuda a prevenir accidentes de tránsito por cansancio o fatiga de los conductores.

29 de abril de 2021 - 8:11 a. m.

¡A tomar en cuenta! El cansancio y somnolencia durante la conducción pueden ser causas de accidentes de tránsito fatales en las carreteras. 
 
Así lo advirtió la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN) tras recordar que los conductores de vehículos que transportan personas deben realizar jornadas de conducción y descansar, para realizar un viaje seguro.
 
El órgano fiscalizador alertó que un conductor cansado o falto de sueño tiene menor capacidad de atención y concentración durante el manejo, por lo que puede perder su capacidad de reacción ante un posible accidente en la carretera. 
 
Por dicha razón, los conductores de los vehículos autorizados para realizar el transporte de personas tienen no pueden conducir más de 5 horas continuas en el servicio diurno y 4 horas en la noche.  Asimismo, la duración acumulada de jornadas de conducción no deberá exceder de doce horas en un período de veinticuatro horas, contadas desde la hora de inicio de la conducción en un servicio.
 
En ese sentido, hizo un llamado a los usuarios que necesitan movilizarse por el país, buscar servicios formales de transporte donde las empresas tienen que asegurar el descanso de sus conductores y el cumplimiento de sus jornadas de conducción.
 
Sanción por no cumplir con los descansos en el transporte regular de personas
 
El incumplimiento de esta disposición vigente se sanciona al conductor con la suspensión de su habilitación como conductor por noventa días y al transportista con la suspensión de su autorización para prestar servicio de transporte por diez días o por noventa días con ocurrencia de accidente de tránsito. 
 
Dato
 
El servicio diurno se considera entre las 6:00 a.m. y las 09.59 p.m. y como servicio nocturno el comprendido entre las 10:00 pm y las 5:59 a.m.