Resolución Administrativa N.° 3223038542-S-2023-SUTRAN/06.4.1
Resolución Administrativa
6 de diciembre de 2023
RESUELVE:
Artículo 1°.- INICIAR el procedimiento administrativo sancionador contra EMPRESA DE TRANSPORTE GILTON HUGO E.I.R.L. identificado con RUC N° 20600500661, en su calidad de transportista, en virtud del Formulario de Infracción a las Normas de Pesos y Medidas Vehiculares N° 3108000148 de fecha 3 de diciembre de 2020, por la presunta comisión de la infracción P.3, “Vehículo con exceso de PBV desde 3,001 kg” calificada como muy grave, de acuerdo a lo establecido en el numeral 7 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Anexo IV: Pesos y Medidas del RNV, conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2°.- PONER en conocimiento a EMPRESA DE TRANSPORTE GILTON HUGO E.I.R.L. que, de pagar voluntariamente la multa dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, ésta será reducida en cincuenta por ciento (50%) de su monto, de acuerdo a lo expuesto en la presente resolución; el pago podrá efectuarse en cualquier agencia del Banco de la Nación, BBVA Banco Continental o Banco Interbank.
Artículo 1°.- INICIAR el procedimiento administrativo sancionador contra EMPRESA DE TRANSPORTE GILTON HUGO E.I.R.L. identificado con RUC N° 20600500661, en su calidad de transportista, en virtud del Formulario de Infracción a las Normas de Pesos y Medidas Vehiculares N° 3108000148 de fecha 3 de diciembre de 2020, por la presunta comisión de la infracción P.3, “Vehículo con exceso de PBV desde 3,001 kg” calificada como muy grave, de acuerdo a lo establecido en el numeral 7 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Anexo IV: Pesos y Medidas del RNV, conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2°.- PONER en conocimiento a EMPRESA DE TRANSPORTE GILTON HUGO E.I.R.L. que, de pagar voluntariamente la multa dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, ésta será reducida en cincuenta por ciento (50%) de su monto, de acuerdo a lo expuesto en la presente resolución; el pago podrá efectuarse en cualquier agencia del Banco de la Nación, BBVA Banco Continental o Banco Interbank.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas