Resolución Administrativa N.° 3222036178-S-2022-SUTRAN/06.4.1
Resolución Administrativa
30 de junio de 2022
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Declarar de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador seguido contra; MODESTA JACOBE
HUILLCAS, titular del DNI N° 31026458, iniciado mediante Resolución Administrativa N° 3221092167-S-2021-SUTRAN/06.4.1 de fecha 6 de mayo
de 2021; en consecuencia, se dispone el ARCHIVO de los presentes actuados, CONSERVANDO el valor probatorio del formulario de infracción,
conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2°.- INICIAR el procedimiento administrativo sancionador contra, MODESTA JACOBE HUILLCAS, titular del DNI N° 31026458,
en su condición de transportista, en virtud del Formulario de Infracción a las Normas de Pesos y Medidas Vehiculares N° 3105000290, de fecha
19 de junio de 2020, por la presunta comisión de la infracción P.1, “vehículo con exceso de PBV de hasta 1500 kg”, calificada como leve, de acuerdo a los establecido en el numeral 7 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Anexo IV: Pesos y Medidas del RNV, conforme a los
considerandos expuestos en la presente resolución.
Artículo 1°.- Declarar de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador seguido contra; MODESTA JACOBE
HUILLCAS, titular del DNI N° 31026458, iniciado mediante Resolución Administrativa N° 3221092167-S-2021-SUTRAN/06.4.1 de fecha 6 de mayo
de 2021; en consecuencia, se dispone el ARCHIVO de los presentes actuados, CONSERVANDO el valor probatorio del formulario de infracción,
conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2°.- INICIAR el procedimiento administrativo sancionador contra, MODESTA JACOBE HUILLCAS, titular del DNI N° 31026458,
en su condición de transportista, en virtud del Formulario de Infracción a las Normas de Pesos y Medidas Vehiculares N° 3105000290, de fecha
19 de junio de 2020, por la presunta comisión de la infracción P.1, “vehículo con exceso de PBV de hasta 1500 kg”, calificada como leve, de acuerdo a los establecido en el numeral 7 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Anexo IV: Pesos y Medidas del RNV, conforme a los
considerandos expuestos en la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas