Resolución Administrativa N.° 3222028980-S-2022-SUTRAN/06.4.1
Resolución Administrativa
16 de mayo de 2022
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Declarar de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador seguido contra SURCO ALVAREZ WILLIAM ALBERTO identificado con DNI N° 44395873, iniciado mediante Resolución Administrativa N° 3221089218-S-2021-SUTRAN/06.4.1 de fecha 28 de abril de 2021; en consecuencia, se dispone el ARCHIVO de los presentes actuados, CONSERVANDO el valor probatorio del formulario de infracción, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2°.- INICIAR el procedimiento administrativo sancionador contra SURCO ALVAREZ WILLIAM ALBERTO identificado con DNI N° 44395873, en su calidad de transportista, en virtud del Formulario de Infracción a las Normas de Pesos y Medidas Vehiculares N° 3101000256 de fecha 14 de marzo de 2020, por la presunta comisión de la infracción P.1, “Vehículo con exceso de PBV de hasta 1500 kg” calificada como leve, de acuerdo a los establecido en el numeral 7 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Anexo IV: Pesos y Medidas del RNV, conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Artículo 1°.- Declarar de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador seguido contra SURCO ALVAREZ WILLIAM ALBERTO identificado con DNI N° 44395873, iniciado mediante Resolución Administrativa N° 3221089218-S-2021-SUTRAN/06.4.1 de fecha 28 de abril de 2021; en consecuencia, se dispone el ARCHIVO de los presentes actuados, CONSERVANDO el valor probatorio del formulario de infracción, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2°.- INICIAR el procedimiento administrativo sancionador contra SURCO ALVAREZ WILLIAM ALBERTO identificado con DNI N° 44395873, en su calidad de transportista, en virtud del Formulario de Infracción a las Normas de Pesos y Medidas Vehiculares N° 3101000256 de fecha 14 de marzo de 2020, por la presunta comisión de la infracción P.1, “Vehículo con exceso de PBV de hasta 1500 kg” calificada como leve, de acuerdo a los establecido en el numeral 7 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Anexo IV: Pesos y Medidas del RNV, conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas