Resolución Sub Gerencial N.° 4023061853-S-2023-SUTRAN/06.4.1
Resolución de subgerencia
19 de junio de 2023
RESUELVE:
Artículo 1.- DETERMINAR la responsabilidad administrativa a ALCANTARA CABELLOS KATYA ALEXANDRA, identificado(a) con RUC N° 10725108465, en su calidad de Transportista, por contravenir el numeral 37.10 del artículo 37° del RNAT, tipificado con el código C.1a y calificado como Muy Grave según el Anexo 1 “Tabla de Incumplimientos de las condiciones de Acceso y Permanencia y sus consecuencias” del mismo cuerpo normativo.
Artículo 2.- SANCIONAR a ALCANTARA CABELLOS KATYA ALEXANDRA, identificado(a) con RUC N° 10725108465, en su calidad de Transportista, por contravenir el numeral 37.10 del artículo 37° del RNAT, tipificado con el código C.1a y calificado como Muy Grave según el Anexo 1 “Tabla de Incumplimientos de las condiciones de Acceso y Permanencia y sus consecuencias” del mismo cuerpo normativo, correspondiendo la "Cancelación de la Autorización del transportista" sobre la autorización para prestar el servicio de Mercancías Público; y, procédase a INSCRIBIR la sanción en el Registro Nacional de Transporte Terrestre; una vez que el presente acto quede firme; conforme a lo expuesto en la presente resolución.
Artículo 1.- DETERMINAR la responsabilidad administrativa a ALCANTARA CABELLOS KATYA ALEXANDRA, identificado(a) con RUC N° 10725108465, en su calidad de Transportista, por contravenir el numeral 37.10 del artículo 37° del RNAT, tipificado con el código C.1a y calificado como Muy Grave según el Anexo 1 “Tabla de Incumplimientos de las condiciones de Acceso y Permanencia y sus consecuencias” del mismo cuerpo normativo.
Artículo 2.- SANCIONAR a ALCANTARA CABELLOS KATYA ALEXANDRA, identificado(a) con RUC N° 10725108465, en su calidad de Transportista, por contravenir el numeral 37.10 del artículo 37° del RNAT, tipificado con el código C.1a y calificado como Muy Grave según el Anexo 1 “Tabla de Incumplimientos de las condiciones de Acceso y Permanencia y sus consecuencias” del mismo cuerpo normativo, correspondiendo la "Cancelación de la Autorización del transportista" sobre la autorización para prestar el servicio de Mercancías Público; y, procédase a INSCRIBIR la sanción en el Registro Nacional de Transporte Terrestre; una vez que el presente acto quede firme; conforme a lo expuesto en la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Subgerencia