Resolución Administrativa N.° 3222015978-S-2022-SUTRAN/06.4.1
Resolución Administrativa
15 de marzo de 2022
SE RESUELVE:
Artículo 1°.– Declarar de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador seguido contra MEJIA ATAYPOMA RAUL VICENTE identificado con DNI N° 20024807, iniciado mediante Resolución Administrativa N° 3220341934-S-2020-SUTRAN/06.4.1 de fecha 24 de agosto de 2020; en consecuencia, se dispone el ARCHIVO de los presentes actuados, CONSERVANDO el valor probatorio del formulario de infracción, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2°.- INICIAR el procedimiento administrativo sancionador contra MEJIA ATAYPOMA RAUL VICENTE identificado con DNI N° 20024807, en su calidad de generador de carga, en virtud del Formulario de Infracción a las Normas de Pesos y Medidas Vehiculares N° 3101000117 de fecha 27 de enero de 2020, por la presunta comisión de la infracción P.16, “No emitir la correspondiente constancia de verificación de pesos y medidas” calificada como muy grave, de acuerdo con lo establecido en el numeral 7 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Anexo IV: Pesos y Medidas del Reglamento Nacional de Vehículos, conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Artículo 1°.– Declarar de oficio la caducidad del procedimiento administrativo sancionador seguido contra MEJIA ATAYPOMA RAUL VICENTE identificado con DNI N° 20024807, iniciado mediante Resolución Administrativa N° 3220341934-S-2020-SUTRAN/06.4.1 de fecha 24 de agosto de 2020; en consecuencia, se dispone el ARCHIVO de los presentes actuados, CONSERVANDO el valor probatorio del formulario de infracción, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2°.- INICIAR el procedimiento administrativo sancionador contra MEJIA ATAYPOMA RAUL VICENTE identificado con DNI N° 20024807, en su calidad de generador de carga, en virtud del Formulario de Infracción a las Normas de Pesos y Medidas Vehiculares N° 3101000117 de fecha 27 de enero de 2020, por la presunta comisión de la infracción P.16, “No emitir la correspondiente constancia de verificación de pesos y medidas” calificada como muy grave, de acuerdo con lo establecido en el numeral 7 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Anexo IV: Pesos y Medidas del Reglamento Nacional de Vehículos, conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas