Resolución Administrativa N.° 3220347659-S-2020-SUTRAN/06.4.1
Resolución Administrativa
26 de agosto de 2020
RESUELVE:
Artículo 1°. - INICIAR el procedimiento administrativo sancionador contra FEDERICO CAMILO POLONIO TIBURCIO identificado con DNI N° 18051201, en su calidad de transportista, en virtud del Informe N° 0127.04-2020-SUTRAN/06.3.1 de fecha 10 de junio de 2020, por la presunta comisión de la infracción P.2, “Vehículo con exceso de PBV desde 1,501 kg. hasta 3,000 kg.” calificada como grave, de acuerdo a los establecido en el numeral 7 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Anexo IV: Pesos y Medidas del Reglamento Nacional de Vehículos, conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2°.- PONER en conocimiento a FEDERICO CAMILO POLONIO TIBURCIO que, de pagar voluntariamente la multa dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, ésta será reducida en cincuenta por ciento (50%) de su monto, de acuerdo a lo expuesto en la presente resolución; el pago podrá efectuarse en cualquier agencia del Banco de la Nación, BBVA Banco Continental o Banco Interbank
Artículo 1°. - INICIAR el procedimiento administrativo sancionador contra FEDERICO CAMILO POLONIO TIBURCIO identificado con DNI N° 18051201, en su calidad de transportista, en virtud del Informe N° 0127.04-2020-SUTRAN/06.3.1 de fecha 10 de junio de 2020, por la presunta comisión de la infracción P.2, “Vehículo con exceso de PBV desde 1,501 kg. hasta 3,000 kg.” calificada como grave, de acuerdo a los establecido en el numeral 7 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Anexo IV: Pesos y Medidas del Reglamento Nacional de Vehículos, conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2°.- PONER en conocimiento a FEDERICO CAMILO POLONIO TIBURCIO que, de pagar voluntariamente la multa dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, ésta será reducida en cincuenta por ciento (50%) de su monto, de acuerdo a lo expuesto en la presente resolución; el pago podrá efectuarse en cualquier agencia del Banco de la Nación, BBVA Banco Continental o Banco Interbank
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