Resolución Administrativa N.° 3222017355-S-2022-SUTRAN/06.4.1
Resolución Administrativa
22 de marzo de 2022
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- INICIAR el procedimiento administrativo sancionador contra JULCAHUANGA VASQUEZ JHONNY identificado con DNI N° 70135608, en su calidad de generador de carga, en virtud del Formulario de Infracción a las Normas de Pesos y Medidas Vehiculares N° 003- 0032770 de fecha 29 de diciembre de 2019, por la presunta comisión de la infracción P.16, “Emitir la constancia de verificación de pesos y medidas consignando pesos y/o medidas que no concuerden con lo despachado y/o transportado siempre que exceda el peso o medidas permitidas por la normativa correspondiente” calificada como muy grave, de acuerdo a lo establecido en el numeral 7 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Anexo IV: Pesos y Medidas del RNV, conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2°.- PONER en conocimiento a JULCAHUANGA VASQUEZ JHONNY que, de pagar voluntariamente la multa dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, ésta será reducida en cincuenta por ciento (50%) de su monto, de acuerdo a lo expuesto en la presente resolución; el pago podrá efectuarse en cualquier agencia del Banco de la Nación, BBVA Banco Continental o Banco Interbank
Artículo 1°.- INICIAR el procedimiento administrativo sancionador contra JULCAHUANGA VASQUEZ JHONNY identificado con DNI N° 70135608, en su calidad de generador de carga, en virtud del Formulario de Infracción a las Normas de Pesos y Medidas Vehiculares N° 003- 0032770 de fecha 29 de diciembre de 2019, por la presunta comisión de la infracción P.16, “Emitir la constancia de verificación de pesos y medidas consignando pesos y/o medidas que no concuerden con lo despachado y/o transportado siempre que exceda el peso o medidas permitidas por la normativa correspondiente” calificada como muy grave, de acuerdo a lo establecido en el numeral 7 de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Anexo IV: Pesos y Medidas del RNV, conforme a los considerandos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2°.- PONER en conocimiento a JULCAHUANGA VASQUEZ JHONNY que, de pagar voluntariamente la multa dentro de los quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, ésta será reducida en cincuenta por ciento (50%) de su monto, de acuerdo a lo expuesto en la presente resolución; el pago podrá efectuarse en cualquier agencia del Banco de la Nación, BBVA Banco Continental o Banco Interbank
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