Resolución Sub Gerencial N.° 4023104436-S-2023-SUTRAN/06.4.1
Resolución de subgerencia
29 de diciembre de 2023
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- SANCIONAR a ALMERCO PAZ LUZ ANGHELA identificado con DNI N° 61836402, en calidad de generador de acuerdo al artículo 51° del RNV, por la comisión de la infracción P.2 “Vehículo con exceso de PBV desde 1,501 kg. hasta 3,000 kg” calificada como grave, de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Anexo IV del RNV, con una multa ascendente a S/ 21,000.00 (veintiún mil con 00/100 soles), pago que deberá efectuarse en cualquier agencia del Banco de la Nación, BBVA Banco Continental o Banco Interbank, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2°.- NOTIFICAR a ALMERCO PAZ LUZ ANGHELA, el informe final de instrucción y la presente resolución en el domicilio fijado en el presente expediente a fin de que tome conocimiento de la misma; y de conformidad con lo establecido en el artículo 15° del Decreto Supremo N° 004-2020-MTC, contra la presente resolución procede el recurso administrativo de apelación. En caso de no interponerlo dentro del plazo de quince (15) días hábiles, la sanción impuesta quedará firme y se procederá a su ejecución.
Artículo 1°.- SANCIONAR a ALMERCO PAZ LUZ ANGHELA identificado con DNI N° 61836402, en calidad de generador de acuerdo al artículo 51° del RNV, por la comisión de la infracción P.2 “Vehículo con exceso de PBV desde 1,501 kg. hasta 3,000 kg” calificada como grave, de la Tabla de Infracciones y Sanciones del Anexo IV del RNV, con una multa ascendente a S/ 21,000.00 (veintiún mil con 00/100 soles), pago que deberá efectuarse en cualquier agencia del Banco de la Nación, BBVA Banco Continental o Banco Interbank, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2°.- NOTIFICAR a ALMERCO PAZ LUZ ANGHELA, el informe final de instrucción y la presente resolución en el domicilio fijado en el presente expediente a fin de que tome conocimiento de la misma; y de conformidad con lo establecido en el artículo 15° del Decreto Supremo N° 004-2020-MTC, contra la presente resolución procede el recurso administrativo de apelación. En caso de no interponerlo dentro del plazo de quince (15) días hábiles, la sanción impuesta quedará firme y se procederá a su ejecución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Subgerencia