Resolución Sub Gerencial N.° 4023041179-S-2023-SUTRAN/06.4.1
Resolución Subgerencial
10 de mayo de 2023
RESUELVE:
Artículo 1°.- DETERMINAR la responsabilidad administrativa de EMPRESA DE TRANSPORTES Y TURISMO LA UNION TOUR S.A.C., en calidad de propietario y/o prestador del servicio del vehículo de placa de rodaje N° T7R952, por infracción a lo establecido en el código F.1 del literal a) “Infracciones contra la Formalización del Transporte” del Anexo 2 “Tabla de Infracciones y Sanciones” del RNAT, toda vez que no acreditó contar con la autorización para prestar el servicio de transporte de pasajeros.
Artículo 2°.- SANCIONAR a EMPRESA DE TRANSPORTES Y TURISMO LA UNION TOUR S.A.C., identificado con DNI/RUC N° 20526210892, en su condición de propietario(a) y/o prestador del servicio del vehículo de placa de rodaje T7R952, con una multa de S/ 4200 equivalente a una (01) Unidad Impositiva Tributaria3 , pago que deberá efectuarse en cualquier agencia del Banco de la Nación, BBVA Banco Continental, 3 Siendo el valor de la UIT calculado en base al monto establecido para el año 2019 mediante Decreto Supremo N° 298-2018-EF. 3 Banco de Crédito BCP o Banco Interbank, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 1°.- DETERMINAR la responsabilidad administrativa de EMPRESA DE TRANSPORTES Y TURISMO LA UNION TOUR S.A.C., en calidad de propietario y/o prestador del servicio del vehículo de placa de rodaje N° T7R952, por infracción a lo establecido en el código F.1 del literal a) “Infracciones contra la Formalización del Transporte” del Anexo 2 “Tabla de Infracciones y Sanciones” del RNAT, toda vez que no acreditó contar con la autorización para prestar el servicio de transporte de pasajeros.
Artículo 2°.- SANCIONAR a EMPRESA DE TRANSPORTES Y TURISMO LA UNION TOUR S.A.C., identificado con DNI/RUC N° 20526210892, en su condición de propietario(a) y/o prestador del servicio del vehículo de placa de rodaje T7R952, con una multa de S/ 4200 equivalente a una (01) Unidad Impositiva Tributaria3 , pago que deberá efectuarse en cualquier agencia del Banco de la Nación, BBVA Banco Continental, 3 Siendo el valor de la UIT calculado en base al monto establecido para el año 2019 mediante Decreto Supremo N° 298-2018-EF. 3 Banco de Crédito BCP o Banco Interbank, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
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