Resolución Sub Gerencial N.° 4023040443-S-2023-SUTRAN/06.4.1
Resolución Subgerencial
8 de mayo de 2023
RESUELVE:
Artículo 1°.- DETERMINAR la responsabilidad administrativa de JOSE MIGUEL GARRIDO CAVERO en calidad de conductor, y como responsable solidario a ADRIAN SAAVEDRA OVIEDO, en calidad de propietario y/o prestador del servicio del vehículo de placa de rodaje N° A9G528, por infracción a lo establecido en el código F.1 del literal a) “Infracciones contra la Formalización del Transporte” del Anexo 2 “Tabla de Infracciones y Sanciones” del RNAT, toda vez que no acreditó contar con la autorización para prestar el servicio de transporte de pasajeros.
Artículo 2°.- SANCIONAR a JOSE MIGUEL GARRIDO CAVERO, identificado con DNI N° 42726919, en su condición de conductor; y como responsable solidario a ADRIAN SAAVEDRA OVIEDO, identificado con DNI/RUC N° 43341113, en su condición de propietario(a) del vehículo de placa de rodaje A9G528, con una multa de S/ 4200 equivalente a una (01) Unidad Impositiva Tributaria5 , pago que deberá efectuarse en cualquier agencia del Banco de la Nación, BBVA Banco Continental, Banco de Crédito BCP o Banco Interbank, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 1°.- DETERMINAR la responsabilidad administrativa de JOSE MIGUEL GARRIDO CAVERO en calidad de conductor, y como responsable solidario a ADRIAN SAAVEDRA OVIEDO, en calidad de propietario y/o prestador del servicio del vehículo de placa de rodaje N° A9G528, por infracción a lo establecido en el código F.1 del literal a) “Infracciones contra la Formalización del Transporte” del Anexo 2 “Tabla de Infracciones y Sanciones” del RNAT, toda vez que no acreditó contar con la autorización para prestar el servicio de transporte de pasajeros.
Artículo 2°.- SANCIONAR a JOSE MIGUEL GARRIDO CAVERO, identificado con DNI N° 42726919, en su condición de conductor; y como responsable solidario a ADRIAN SAAVEDRA OVIEDO, identificado con DNI/RUC N° 43341113, en su condición de propietario(a) del vehículo de placa de rodaje A9G528, con una multa de S/ 4200 equivalente a una (01) Unidad Impositiva Tributaria5 , pago que deberá efectuarse en cualquier agencia del Banco de la Nación, BBVA Banco Continental, Banco de Crédito BCP o Banco Interbank, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
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