Resolución Sub Gerencial N.° 4023040440-S-2023-SUTRAN/06.4.1
Resolución Subgerencial
8 de mayo de 2023
RESUELVE:
Artículo 1°.- DETERMINAR la responsabilidad administrativa de MARLON ACUÑA MUÑOZ en calidad
de conductor, y como responsable solidario a MAIRA YSMELDA CHUNGA HIPOLITO, en calidad de propietario
y/o prestador del servicio del vehículo de placa de rodaje N° T2A593, por infracción a lo establecido en el código
F.1 del literal a) “Infracciones contra la Formalización del Transporte” del Anexo 2 “Tabla de Infracciones y
Sanciones” del RNAT, toda vez que no acreditó contar con la autorización para prestar el servicio de transporte
de pasajeros.
Artículo 2°.- SANCIONAR a MARLON ACUÑA MUÑOZ, identificado con DNI N° 42578980, en su
condición de conductor; y como responsable solidario a MAIRA YSMELDA CHUNGA HIPOLITO, identificado con
DNI/RUC N° 43048351, en su condición de propietario(a) del vehículo de placa de rodaje T2A593, con una multa
de S/ 4200 equivalente a una (01) Unidad Impositiva Tributaria4 , pago que deberá efectuarse en cualquier agencia del Banco de la Nación, BBVA Banco Continental, Banco de Crédito BCP o Banco Interbank, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 1°.- DETERMINAR la responsabilidad administrativa de MARLON ACUÑA MUÑOZ en calidad
de conductor, y como responsable solidario a MAIRA YSMELDA CHUNGA HIPOLITO, en calidad de propietario
y/o prestador del servicio del vehículo de placa de rodaje N° T2A593, por infracción a lo establecido en el código
F.1 del literal a) “Infracciones contra la Formalización del Transporte” del Anexo 2 “Tabla de Infracciones y
Sanciones” del RNAT, toda vez que no acreditó contar con la autorización para prestar el servicio de transporte
de pasajeros.
Artículo 2°.- SANCIONAR a MARLON ACUÑA MUÑOZ, identificado con DNI N° 42578980, en su
condición de conductor; y como responsable solidario a MAIRA YSMELDA CHUNGA HIPOLITO, identificado con
DNI/RUC N° 43048351, en su condición de propietario(a) del vehículo de placa de rodaje T2A593, con una multa
de S/ 4200 equivalente a una (01) Unidad Impositiva Tributaria4 , pago que deberá efectuarse en cualquier agencia del Banco de la Nación, BBVA Banco Continental, Banco de Crédito BCP o Banco Interbank, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Subgerencia