Comunicado

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Fotos: SUNEDU

19 de julio de 2024 - 4:36 p. m.

El Consejo Directivo de la SUNEDU, en sesión ordinaria de fecha 18 de julio de 2024, por acuerdo de sus miembros, manifiesta a la opinión pública lo siguiente:

La Constitución Política del Estado establece como principio la libertad de expresión, de la que se deriva el derecho de toda persona a formular análisis y críticas a las resoluciones y sentencias judiciales; asimismo, garantiza el derecho a la pluralidad de instancia.

El Poder Judicial, a través del Primer Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, declaró infundada la demanda de amparo interpuesta por la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa (UNSA) contra el Ministerio de Educación (MINEDU) en el extremo de la Resolución Ministerial N.° 131-2023, que resolvió designar como superintendente de la SUNEDU al Dr. Manuel Castillo Venegas, ratificando la legalidad de dicha elección.

Por otro lado, la misma sentencia declaró la nulidad de la Resolución Ministerial N.° 106-2023, mediante la cual se designó al Dr. Andrés Ramos Salas como integrante del Consejo Directivo de la SUNEDU. Dicha nulidad se realizó sin valorar adecuadamente los argumentos expresados por el MINEDU y la USMP respecto a que el Dr. Ramos Salas no se encuentra comprendido en las incompatibilidades señaladas en la Ley N.° 31520, por lo cual la citada resolución carece en dicho extremo de una debida motivación; sumado a ello, la magistrada ha realizado una equivocada valoración del perfil profesional del Dr. Ramos Salas alojado en la red social Linkedin; en cuanto a los informes técnicos de SERVIR, están orientados a servidores públicos, por lo que no resultan aplicables a un docente ordinario principal de universidad privada.

En este sentido, el Consejo Directivo de la SUNEDU expresa su respaldo institucional al Dr. Andrés Ramos Salas, quien continuará desempeñando su cargo como integrante de este órgano colegiado hasta que el Poder Judicial resuelva de forma definitiva su situación jurídica.


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