Comunicado

Comunicado
Fachada Sunedu

Fotos: Sunedu

13 de marzo de 2024 - 5:38 p. m.

El Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), frente al Oficio N.° D000141-2024-PCM-SGP, que contiene el Informe N.° D000022-2024-PCM-SSAR, procedente de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), el cual otorga un plazo perentorio de cinco (05) días hábiles, a fin de que se proceda a derogar las disposiciones normativas correspondientes a las Resoluciones del Consejo Directivo N.° 033-2023-SUNEDU/CD y N.° 00006-2024-SUNEDU/CD, manifiesta a la opinión pública y a todos los actores del sistema universitario, lo siguiente: 

  • Dentro del marco de la Ley N.° 31520 “Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas”, la SUNEDU es un ente autónomo con naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal.
  • Es función general de la SUNEDU, normar y supervisar las condiciones básicas de calidad, exigibles para universidades y filiales.
  • La Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente N.° 0008-2022-PI/TC, establece entre sus fundamentos que la SUNEDU puede caracterizarse como una autoridad administrativa independiente, vale decir como una entidad de derecho público que desarrolla sus funciones con independencia funcional y autonomía respecto al Poder Ejecutivo.
  • El pronunciamiento de la Secretaría de Gestión Pública de la PCM constituye una injerencia frente a las funciones y atribuciones que tiene la SUNEDU, por mandato de la Ley.
  • Por consiguiente, el Consejo Directivo de SUNEDU, conforme lo establece el numeral 217.1 del artículo 217 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, se encuentra frente a un acto administrativo que manifiestamente incurre en ilegalidad, viola y desconoce nuestras funciones y atribuciones nacidas por ley, motivo por el cual acordó por UNANIMIDAD, interponer las acciones legales a través del procedimiento recursivo correspondiente.

Anunciamos a toda la comunidad universitaria que no retrocederemos en dictar disposiciones normativas en salvaguarda de las condiciones básicas de calidad; por lo que los dispositivos cuestionados cuentan con actual vigencia y vigor, y serán materia de supervisión por parte de nuestro correspondiente órgano de línea.

Finalmente, es indispensable que todos los actores del sistema universitario nos comprometamos con mayores estándares de calidad y dejemos de lado la visión mercantilista de la educación superior universitaria, y rechacemos la injerencia indebida de órganos políticos que vulnera la autonomía universitaria, para lo cual haremos valer las acciones legales correspondientes.

EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA SUNEDU

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