Comunicado
ComunicadoFotos: SUNEDU
22 de julio de 2022 - 6:32 p. m.
Saludamos la decisión del Poder Judicial de proteger el derecho a una educación de calidad con el amparo concedido a la Superintendencia de Educación Superior Universitaria (SUNEDU), la declaración de la inaplicación de la norma publicada por el Congreso que modifica la Ley 30220 y la disposición de la actuación inmediata de la sentencia en la demanda interpuesta por esta entidad.
Como se recuerda, el martes 19 de julio, la SUNEDU fue notificada con la sentencia del Segundo Juzgado Constitucional de Lima, que declaró fundada la demanda de amparo solicitada por la SUNEDU sobre la norma que establece modificaciones a la Ley 30220, Ley Universitaria.
En la sentencia se pide al Congreso que cumpla con observar el contenido de las decisiones emitidas por el Tribunal Constitucional en los años 2008, 2010 y 2014, que tienen el efecto de cosa juzgada sobre el derecho a la educación universitaria de calidad. En sus consideraciones, la jueza es clara al respecto de que la Ley Universitaria no afecta la autonomía de las universidades públicas ni privadas, así como de la necesidad de mantener la independencia del Consejo Directivo de la SUNEDU sobre sus supervisadas.
Por ello, la resolución judicial declaró nulo el procedimiento legislativo realizado hasta ese momento por el Congreso de la República. Ante dicha notificación, de manera inmediata, la SUNEDU remitió oficios al Congreso de la República y a Editora Perú, exhortándolos a cumplir con lo establecido por dicha sentencia. Sin embargo, con fecha 21 de julio de 2022, el Poder Legislativo publicó la Ley 31520 que establece modificaciones a la Ley Universitaria. Horas más tarde, el Segundo Juzgado Constitucional de Lima ordenó la inaplicación de la norma promulgada.
Hoy, el mismo juzgado dispuso la actuación inmediata de la sentencia en la demanda interpuesta por la SUNEDU, ordenando al Congreso suspender provisionalmente la aplicación de sus modificatorias.
La SUNEDU se ratifica en su trabajo en defensa de la calidad educativa superior e invoca a todas las instituciones involucradas a proteger los derechos de miles de estudiantes peruanos.
Como se recuerda, el martes 19 de julio, la SUNEDU fue notificada con la sentencia del Segundo Juzgado Constitucional de Lima, que declaró fundada la demanda de amparo solicitada por la SUNEDU sobre la norma que establece modificaciones a la Ley 30220, Ley Universitaria.
En la sentencia se pide al Congreso que cumpla con observar el contenido de las decisiones emitidas por el Tribunal Constitucional en los años 2008, 2010 y 2014, que tienen el efecto de cosa juzgada sobre el derecho a la educación universitaria de calidad. En sus consideraciones, la jueza es clara al respecto de que la Ley Universitaria no afecta la autonomía de las universidades públicas ni privadas, así como de la necesidad de mantener la independencia del Consejo Directivo de la SUNEDU sobre sus supervisadas.
Por ello, la resolución judicial declaró nulo el procedimiento legislativo realizado hasta ese momento por el Congreso de la República. Ante dicha notificación, de manera inmediata, la SUNEDU remitió oficios al Congreso de la República y a Editora Perú, exhortándolos a cumplir con lo establecido por dicha sentencia. Sin embargo, con fecha 21 de julio de 2022, el Poder Legislativo publicó la Ley 31520 que establece modificaciones a la Ley Universitaria. Horas más tarde, el Segundo Juzgado Constitucional de Lima ordenó la inaplicación de la norma promulgada.
Hoy, el mismo juzgado dispuso la actuación inmediata de la sentencia en la demanda interpuesta por la SUNEDU, ordenando al Congreso suspender provisionalmente la aplicación de sus modificatorias.
La SUNEDU se ratifica en su trabajo en defensa de la calidad educativa superior e invoca a todas las instituciones involucradas a proteger los derechos de miles de estudiantes peruanos.
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