SUNEDU ESTABLECE PROCEDIMIENTO PARA EVALUAR AUTORIZACIÓN DE FILIALES
Nota de prensa
31 de mayo de 2018 - 12:00 a. m.
Ante aprobación de la nueva Ley de Moratoria, SUNEDU fija procedimiento sobre las solicitudes de autorización de filiales[/vc_column_text][vc_column_text font_size="18" line_height="23"]La Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (SUNEDU) informó que las solicitudes de autorización de filiales de universidades presentadas entre las moratorias correspondientes a las leyes N° 29971 y 30759, es decir, entre el 24 de diciembre de 2017 y el 25 de abril de 2018 (en adelante, el “periodo sin ley de moratoria”), se evaluarán teniendo en cuenta los siguientes criterios:[/vc_column_text][vc_column_text font_size="18" line_height="23"]Para las universidades que se encuentran con procedimiento de licenciamiento institucional en trámite:
- Las solicitudes de nuevas filiales serán evaluadas en el procedimiento de licenciamiento institucional.
- Las solicitudes de filiales que presenten observaciones de legalidad en su creación serán evaluadas siempre que la universidad haya cesado la oferta del servicio educativo en dichas filiales. De lo contrario será denegada.
En este último caso, la universidad que se encuentre ejecutando acciones de reubicación de estudiantes afectados podrá suspender estas acciones hasta que se culmine la evaluación del cumplimiento de condiciones básicas de calidad. Esta decisión deberá ser informada a la Sunedu con una antelación no menor a 30 días.[/vc_column_text][vc_column_text font_size="18" line_height="23"]Para las universidades con licenciamiento institucional:
- Las solicitudes de filiales serán evaluadas siguiendo el procedimiento de modificación de licencia institucional.
[/vc_column_text][vc_column_text font_size="18" line_height="23"]Las solicitudes de filiales presentadas fuera del “periodo sin ley de moratoria”, serán denegadas por cuanto se realizaron durante la vigencia de una Ley de Moratoria.
La SUNEDU informó que se deja sin efecto la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Licenciamiento que señala que “la creación de nuevas filiales aprobadas por la autoridad competente del administrado, con posterioridad a la solicitud de licenciamiento institucional, requiere de una solicitud de modificación de la licencia institucional”.
Lima, 31 de mayo del 2018