Resolución de Consejo Directivo N.° 103-2021-SUNEDU/CD

23 de setiembre de 2021

Se archiva el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la Universidad Señor de Sipán S.A.C. en los extremos referidos al uso de veintiún (21) vehículos detallados en el cuadro N.° 01 de la presente resolución y al uso de parte de sus activos para solventar gastos en televisión por cable por un monto ascendente a S/ 8 328.67, en tanto se verificó que el uso de los referidos activos se encontraba vinculado a una finalidad universitaria.
Se sanciona a la Universidad Señor de Sipán S.A.C. con una multa total de S/ 2 450 552.85, por incurrir en las conductas infractoras tipificadas en el numeral 3.1 del Anexo del antiguo Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 018-2015- MINEDU; y en el numeral 9.1 del nuevo Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 005-2019-MINEDU, indicadas en el Cuadro N.° 18 de la presente Resolución, en tanto utilizó sus activos para actividades que no contribuyeron al cumplimiento de una finalidad universitaria y no atendió los requerimientos de información efectuados por la Dirección de Supervisión.
Se dicta a la Universidad Señor de Sipán S.A.C. las siguientes medidas correctivas: (a) identificar a las personas que autorizaron y/o permitieron el uso de activos materia del presente procedimiento; determinar su responsabilidad y, en consecuencia, declarar su vacancia —en el caso de autoridades elegidas con votación universal—, despido o separación del cargo que ejerzan, según lo que corresponda conforme a la Ley Universitaria o a su normativa interna; (b) elabore documentos de control de sus vehículos, los cuales contengan toda información que permita determinar de manera clara el uso brindado a todas sus unidades vehiculares, tales como: detalle del ingreso y salida de los vehículos, área y personal que los utilizan, horas empleadas, finalidad del uso, entre otros; (c) implemente un protocolo de uso de activos en préstamos, donde se regule las condiciones y procedimientos referidos a su otorgamiento y recuperación, a fin de minimizar los riesgos de pérdida o repercusiones negativas en su contabilidad; y, (d) informe a la Dirección de Fiscalización y Sanción sobre la devolución total del monto correspondiente a los intereses por los préstamos efectuados a accionistas y terceros, según el cronograma de pagos fijado

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Consejo Directivo

Vista preliminar de documento Resolución

Resolución

PDF
2.5 MB