Resolución de Consejo Directivo N.° 058-2021-SUNEDU/CD
8 de junio de 2021
Se sanciona al señor Zenón Wantuil Rivera Chuque con una multa de S/ 145.60 por incurrir en la conducta infractora tipificada en el numeral 1.1 del Anexo del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 005-2019-MINEDU, al ofertar y prestar el servicio educativo superior universitario sin contar con autorización o licencia de la Sunedu. Asimismo, se ordena como medida correctiva que en el plazo de veinte (20) días hábiles, contado desde que la presente resolución quede consentida o haya causado estado, presente a la Dirección de Fiscalización y Sanción la documentación que acredite lo siguiente: (i) haberse contactado con las personas a quienes efectuó algún tipo de cobro (admisión, matrícula, pensiones, etc.) para la prestación del servicio educativo superior universitario; y, (ii) la devolución efectiva de dichos montos a cada uno de los afectados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Consejo Directivo