Régimen de Gradualidad aplicable a la multa por no presentar las declaraciones en la fecha de vencimiento - Articulo 176 numeral 1 del Código Tributario

Guía

21 de enero de 2025

Mediante la Resolución de Superintendencia N° 007-2025/SUNAT publicada por Sunat, se modifica el Régimen de Gradualidad aplicable a la infracción de no presentar las declaraciones dentro de los plazos establecidos, para facilitar a los contribuyentes del Régimen General, Especial y MYPE Tributario con ingresos de hasta 19 UIT en el ejercicio anterior[1], la presentación de sus declaraciones pendientes, estableciendo mayores rebajas en el pago de las multas y un plazo adicional para regularizar sus obligaciones en etapa de cobranza coactiva.

Te presentamos los siguientes documentos para una mayor información:



[1] Al que corresponde la declaración por la que se incurre en la infracción.





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