Resolución de Gerencia General N.° 293-2025-SUNASS-GG
14 de noviembre de 2025
Artículo 1.- Confirmar la Resolución de la Dirección de Sanciones N.° 322-2025-SUNASS-DS, en el extremo referido a declarar a EPS GRAU S.A. responsable por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 66 del ítem I del Anexo N.° 2 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de Fiscalización y Sanción por el incumplimiento de las medidas correctivas Nros. 1 (ítem i, ii y v) y 2 (ítems i, ii y iii).
Artículo 2. - Declarar fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por EPS GRAU S.A. en el extremo de la determinación de la sanción; en consecuencia, archivar la sanción de multa respecto a la medida correctiva Nro. 1 (ítem vi), de acuerdo con los considerandos de la presente resolución.
Artículo 3. - Sancionar a EPS GRAU S.A. con una multa ascendente a 1.66 Unidades Impositivas Tributarias por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 66 del ítem I del Anexo N.º 2 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de Fiscalización y Sanción, respecto a las medidas correctivas Nros 1 (ítem i, ii y v), 2 (ítems i, ii y iii), de acuerdo con los considerandos de la presente resolución.
Artículo 4.- Declarar agotada la vía administrativa.
Artículo 5.- Notificar a EPS GRAU S.A. la presente resolución, y el Informe de Especialista N.° 1289-2025-SUNASS-DF-F.
Artículo 6.- Comunicar la presente resolución a la Dirección de Fiscalización y a la Dirección de Sanciones para los fines correspondientes. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar. Regíst
Artículo 2. - Declarar fundado en parte el recurso de apelación interpuesto por EPS GRAU S.A. en el extremo de la determinación de la sanción; en consecuencia, archivar la sanción de multa respecto a la medida correctiva Nro. 1 (ítem vi), de acuerdo con los considerandos de la presente resolución.
Artículo 3. - Sancionar a EPS GRAU S.A. con una multa ascendente a 1.66 Unidades Impositivas Tributarias por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 66 del ítem I del Anexo N.º 2 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de Fiscalización y Sanción, respecto a las medidas correctivas Nros 1 (ítem i, ii y v), 2 (ítems i, ii y iii), de acuerdo con los considerandos de la presente resolución.
Artículo 4.- Declarar agotada la vía administrativa.
Artículo 5.- Notificar a EPS GRAU S.A. la presente resolución, y el Informe de Especialista N.° 1289-2025-SUNASS-DF-F.
Artículo 6.- Comunicar la presente resolución a la Dirección de Fiscalización y a la Dirección de Sanciones para los fines correspondientes. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar. Regíst
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