Resolución de Gerencia General N.° 229-2025-SUNASS-GG
Declarar procedente el pedido del señor Martín Royci Soto Romero sobre la aplicación del principio de retroactividad benigna en el presente procedimiento administrativo sancionador
11 de setiembre de 2025
Artículo 1.- Declarar procedente el pedido del señor Martín Royci Soto Romero sobre la aplicación del principio de retroactividad benigna en el presente procedimiento administrativo sancionador, de acuerdo con las consideraciones expuestas en la presente resolución.
Artículo 2.- Declarar la ineficacia de la Resolución de la Dirección de Sanciones N.° 239-2023-SUNASS-DS y la Resolución de Gerencia General N.° 162-2023-SUNASS-GG, a partir de la notificación de la presente resolución.
Artículo 3.- Notificar al señor Martín Royci Soto Romero la presente resolución.
Artículo 4.- Comunicar la presente resolución a la Dirección de Fiscalización y a la Dirección de Sanciones para los fines correspondientes.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Artículo 2.- Declarar la ineficacia de la Resolución de la Dirección de Sanciones N.° 239-2023-SUNASS-DS y la Resolución de Gerencia General N.° 162-2023-SUNASS-GG, a partir de la notificación de la presente resolución.
Artículo 3.- Notificar al señor Martín Royci Soto Romero la presente resolución.
Artículo 4.- Comunicar la presente resolución a la Dirección de Fiscalización y a la Dirección de Sanciones para los fines correspondientes.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Gerencia General