Resolución de Gerencia General N.° 220-2025-SUNASS-GG
3 de setiembre de 2025
Artículo 1.- Aprobar el procedimiento de selección no competitivo por el supuesto previsto en el literal d) del numeral 55.1 del artículo 55 de la Ley N.° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, para la contratación del servicio de “Soporte y mantenimiento preventivo y correctivo de los relojes marcadores de asistencia biométricos faciales Tempus”.
Artículo 2.- El servicio a que se refiere el artículo precedente será brindado por el proveedor único, TEMPUTRONIC S.A.C., por el monto total de S/ 80 535.00, con cargo a las fuentes de financiamiento recursos directamente recaudados y recursos ordinarios, y demás condiciones establecidas en los términos de referencia.
Artículo 3.- Encargar a la Unidad de Abastecimiento, en su condición de dependencia encargada de las contrataciones,
que realice las acciones necesarias para comunicar a TEMPUTRONIC S.A.C. que hasido seleccionado para la suscripción del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 del Reglamento de la Ley N.° 32069, Ley General de
Contrataciones Públicas; así como publicar la presente resolución, a través de la Pladicop, con sus respectivos informes dentro de los diez días hábiles siguientes a la emisión de esta.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Servicios de
Saneamiento (www.gob.pe/sunass) y en su Portal de Transparencia Estándar.
Artículo 2.- El servicio a que se refiere el artículo precedente será brindado por el proveedor único, TEMPUTRONIC S.A.C., por el monto total de S/ 80 535.00, con cargo a las fuentes de financiamiento recursos directamente recaudados y recursos ordinarios, y demás condiciones establecidas en los términos de referencia.
Artículo 3.- Encargar a la Unidad de Abastecimiento, en su condición de dependencia encargada de las contrataciones,
que realice las acciones necesarias para comunicar a TEMPUTRONIC S.A.C. que hasido seleccionado para la suscripción del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102 del Reglamento de la Ley N.° 32069, Ley General de
Contrataciones Públicas; así como publicar la presente resolución, a través de la Pladicop, con sus respectivos informes dentro de los diez días hábiles siguientes a la emisión de esta.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Superintendencia Nacional de Servicios de
Saneamiento (www.gob.pe/sunass) y en su Portal de Transparencia Estándar.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Gerencia General