Resolución de Gerencia General N.° 202-2025-SUNASS-GG
22 de agosto de 2025
Artículo 1.- Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por EMAPA HUARAL S.A., en consecuencia, confirmar la Resolución de la Dirección de Sanciones N.° 220-2025-SUNASS-DS.
Artículo 2.- Declarar agotada la vía administrativa.
Artículo 3.- Notificar a EMAPA HUARAL S.A., la presente resolución, el Informe N.° 0803-2025-SUNASS-DF-F y el Informe N.° 00170- 2025-SUNASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica.
Artículo 4.- Comunicar la presente resolución a la Dirección de Fiscalización y a la Dirección de Sanciones para los fines correspondientes.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento – Sunnas (www.gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Artículo 2.- Declarar agotada la vía administrativa.
Artículo 3.- Notificar a EMAPA HUARAL S.A., la presente resolución, el Informe N.° 0803-2025-SUNASS-DF-F y el Informe N.° 00170- 2025-SUNASS-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica.
Artículo 4.- Comunicar la presente resolución a la Dirección de Fiscalización y a la Dirección de Sanciones para los fines correspondientes.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento – Sunnas (www.gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Gerencia General