Resolución de Consejo Directivo N.° 93-2025-SUNASS-CD
Disponen la difusión del proyecto de resolución de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaría la modificación del: Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empr
22 de agosto de 2025
Artículo 1°.- DISPONER la difusión del proyecto de resolución de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaría la modificación del: i) Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 028-2021-SUNAS-CD, ii) Sistema de Indicadores e Índices de la Gestión de los Prestadores de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 063-2021-SUNASS, y iii) Reglamento General de Fiscalización y Sanción, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 003-2007-SUNASS-CD, su informe y su correspondiente exposición de motivos, en la sede digital de la Sunass (www.gob.pe/sunass), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.
Artículo 2°.- OTORGAR un plazo de quince días calendario para comentarios, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, a fin de que los interesados remitan sus comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el artículo anterior a la mesa de partes virtual o física de la Sunass o al correo electrónico dpn@sunass.gob.pe. Los comentarios deben ser remitidos en el formato que se difundirá en la sede digital de la Sunass (www.gob.pe/sunass).
Artículo 3°.- ENCARGAR a la Dirección de Políticas y Normas de la Sunass el acopio, la sistematización y el análisis de los comentarios que se presenten.
Artículo 4°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia estándar.
Artículo 2°.- OTORGAR un plazo de quince días calendario para comentarios, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, a fin de que los interesados remitan sus comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el artículo anterior a la mesa de partes virtual o física de la Sunass o al correo electrónico dpn@sunass.gob.pe. Los comentarios deben ser remitidos en el formato que se difundirá en la sede digital de la Sunass (www.gob.pe/sunass).
Artículo 3°.- ENCARGAR a la Dirección de Políticas y Normas de la Sunass el acopio, la sistematización y el análisis de los comentarios que se presenten.
Artículo 4°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia estándar.
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