Resolución de Gerencia N.° N.° 150-2025-SUNASS-GG
4 de julio de 2025
Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por EPS SEDACUSCO S.A., en consecuencia, NULA PARCIALMENTE la Resolución de la Dirección de Sanciones N.º 167-2025- Exp. N.° PAS-0016-2024-SUNASS-ODS-CUS 42 SUNASS-DS en el extremo de la determinación de la sanción según los considerandos de la presente resolución.
SANCIONAR a EPS SEDACUSCO S.A. con una multa ascendente a 77.61 Unidades Impositivas Tributarias por la comisión de las infracciones tipificadas en los numerales 4.1 y 4.2 del ítem A del Anexo N.° 2 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de Fiscalización y Sanción.
DISPONER el inicio de las acciones para el deslinde de responsabilidad que corresponda.
DISPONER que el pago de la multa a que se refiere el artículo 3° se realice en el Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al procedimiento indicado en el Oficio Circular N° 001-2023-SUNASS-DS en un plazo no mayor de 15 días hábiles, contado a partir del día siguiente de notificada la presente resolución.
DECLARAR agotada la vía administrativa.
NOTIFICAR a EPS SEDACUSCO S.A. la presente resolución, el Informe N.° 0064-2025-SUNASS-DF-F de la Dirección de Fiscalización y el Informe N.° 134-2025-SUNASS-OAJ.
COMUNICAR la presente resolución a la Oficina Desconcentrada de Servicios de Cusco y a la Dirección de Sanciones para los fines correspondientes.
DISPONER la publicación de la presente resolución en la página institucional de la Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar. Regístrese, notifíquese y publíquese.
SANCIONAR a EPS SEDACUSCO S.A. con una multa ascendente a 77.61 Unidades Impositivas Tributarias por la comisión de las infracciones tipificadas en los numerales 4.1 y 4.2 del ítem A del Anexo N.° 2 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de Fiscalización y Sanción.
DISPONER el inicio de las acciones para el deslinde de responsabilidad que corresponda.
DISPONER que el pago de la multa a que se refiere el artículo 3° se realice en el Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al procedimiento indicado en el Oficio Circular N° 001-2023-SUNASS-DS en un plazo no mayor de 15 días hábiles, contado a partir del día siguiente de notificada la presente resolución.
DECLARAR agotada la vía administrativa.
NOTIFICAR a EPS SEDACUSCO S.A. la presente resolución, el Informe N.° 0064-2025-SUNASS-DF-F de la Dirección de Fiscalización y el Informe N.° 134-2025-SUNASS-OAJ.
COMUNICAR la presente resolución a la Oficina Desconcentrada de Servicios de Cusco y a la Dirección de Sanciones para los fines correspondientes.
DISPONER la publicación de la presente resolución en la página institucional de la Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar. Regístrese, notifíquese y publíquese.