Resolución de Gerencia General N.° 00144-2025-SUNASS-GG
CONSTITUIR el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento para el periodo 2025-2027
30 de junio de 2025
Artículo 1.– DESIGNAR a los miembros representantes de la parte empleadora ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-Sunass, por el periodo 2025-2027.
Artículo 2.- RECONOCER a las personas elegidas como representantes de los trabajadores ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo – CSST de la Sunass por el periodo 2025-2027, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa.
Artículo 3.- CONSTITUIR el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento para el periodo 2025-2027.
Artículo 4.- Los miembros del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo desempeñarán sus funciones ad honorem y por el plazo de dos años contados a partir de la fecha en que se suscriba el acta de instalación.
Artículo 5.- DISPONER que el/la Jefe/a de la Oficina de Administración y Finanzas, en representación del empleador, convoque a la instalación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el plazo de ley.
Artículo 6.- NOTIFICAR la presente resolución a los miembros que conforman el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Sunass por el periodo 2025-2027.
Artículo 7.- DISPONER la publicación de la presente resolución en la página institucional de la Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Artículo 2.- RECONOCER a las personas elegidas como representantes de los trabajadores ante el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo – CSST de la Sunass por el periodo 2025-2027, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa.
Artículo 3.- CONSTITUIR el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento para el periodo 2025-2027.
Artículo 4.- Los miembros del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo desempeñarán sus funciones ad honorem y por el plazo de dos años contados a partir de la fecha en que se suscriba el acta de instalación.
Artículo 5.- DISPONER que el/la Jefe/a de la Oficina de Administración y Finanzas, en representación del empleador, convoque a la instalación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el plazo de ley.
Artículo 6.- NOTIFICAR la presente resolución a los miembros que conforman el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Sunass por el periodo 2025-2027.
Artículo 7.- DISPONER la publicación de la presente resolución en la página institucional de la Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el Portal de Transparencia Estándar.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Gerencia General