Resolución de Gerencia General N.° 00108-2025-SUNASS-GG
DELEGAR al jefe/a de la Oficina de Administración y Finanzas y al jefe/a de la Unidad de Abastecimiento facultades por el periodo 2025- enero 2027
26 de mayo de 2025
Artículo 1°.- DELEGAR al jefe/a de la Oficina de Administración y Finanzas las siguientes facultades por el periodo 2025- enero 2027:
1. Aprobar los expedientes de contratación de licitaciones o concursos públicos en sus modalidades abreviadas cuyo monto sea igual a S/ 50 000.00 y hasta S/ 300 000.00.
2. Aprobar los expedientes de contratación de bienes y servicios referidos a la contratación a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco cuyo monto sea igual o mayor a S/ 100 000.00.
3. Aprobar los expedientes de contratación de concursos públicos abreviados para la contratación de expertos y gerentes de proyectos cuyo monto sea igual a S/ 50 000.00 y hasta S/ 100 000.00.
4. Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección cuyo monto sea menor a S/100 000.00.
5. Verificar el cumplimiento de niveles de certificación requeridos a los servidores de la Dependencia Encargada de las Contrataciones, conforme con la Ley N.° 32069 y su reglamento.
6. Entregar la información solicitada por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) sobre cualquier fase del proceso de contratación.
7. Declarar la nulidad de los contratos menores.
8. Formular la denuncia administrativa ante el Tribunal de Contrataciones Públicas del OECE por presuntas infracciones.
9. Ejecutar las acciones de competencia de la entidad, de acuerdo con el artículo 311 del Reglamento de la Ley N.° 32069, en el marco de los recursos de apelación que se presenten en los procedimientos a su cargo.
10. Resolver los contratos menores conforme con lo establecido en la Ley N.° 32069 y su reglamento. 11. Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección no competitivos.
12. Aprobar los expedientes de contratación de subasta inversa electrónica y de comparación de precios.
Artículo 2°.- DELEGAR al jefe/a de la Unidad de Abastecimiento las siguientes facultades por el periodo 2025-enero 2027:
1. Aprobar los expedientes de contratación de licitaciones o concursos públicos en sus modalidades abreviadas cuyo monto sea menor a S/ 50 000.00.
2. Aprobar los expedientes de contratación de bienes y servicios referidos a la contratación a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco cuyo monto sea menor a S/ 100 000.00.
3. Aprobar los expedientes de contratación de concursos públicos abreviados para la contratación de expertos y gerentes de proyectos cuyo monto sea menor a S/ 50 000.00.
4. Suscribir los contratos menores, ya sea que se perfeccionen mediante orden de compra, orden de servicio o contrato.
5. Suscribir las órdenes de compra y las órdenes de servicio que perfeccionen la contratación conforme con lo previsto en el artículo 87 del Reglamento de la Ley N.° 32069, así como las que perfeccionan contrataciones a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco.
6. Expedir las constancias de prestación a contratistas de bienes, servicios y obras mientras se implementan las funcionalidades de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (PLADICOP).
7. Aprobar las modificaciones contractuales de los contratos menores y suscribir las actas o documentos equivalentes que se requieran para dicho efecto.
8. Solicitar y gestionar ante la OECE la inscripción, actualización y desactivación de la entidad en el Registro de Entidades Contratantes y del Usuario Gestor de la Información de la Entidad.
Artículo 3°.- DISPONER que la Oficina de Administración y Finanzas y la Unidad de Abastecimiento informen a la Gerencia General respecto de las actuaciones realizadas en virtud de la delegación conferida dentro de los cinco primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre del año, así como cuando lo requiera la Gerencia General.
Artículo 4°.- Las facultades delegadas en la presente resolución son aplicables para las contrataciones que se efectúan en el marco de la Ley N.° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 009-2025-EF.
Artículo 5°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en la página institucional de la Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el portal de transparencia estándar de la entidad.
1. Aprobar los expedientes de contratación de licitaciones o concursos públicos en sus modalidades abreviadas cuyo monto sea igual a S/ 50 000.00 y hasta S/ 300 000.00.
2. Aprobar los expedientes de contratación de bienes y servicios referidos a la contratación a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco cuyo monto sea igual o mayor a S/ 100 000.00.
3. Aprobar los expedientes de contratación de concursos públicos abreviados para la contratación de expertos y gerentes de proyectos cuyo monto sea igual a S/ 50 000.00 y hasta S/ 100 000.00.
4. Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección cuyo monto sea menor a S/100 000.00.
5. Verificar el cumplimiento de niveles de certificación requeridos a los servidores de la Dependencia Encargada de las Contrataciones, conforme con la Ley N.° 32069 y su reglamento.
6. Entregar la información solicitada por el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) sobre cualquier fase del proceso de contratación.
7. Declarar la nulidad de los contratos menores.
8. Formular la denuncia administrativa ante el Tribunal de Contrataciones Públicas del OECE por presuntas infracciones.
9. Ejecutar las acciones de competencia de la entidad, de acuerdo con el artículo 311 del Reglamento de la Ley N.° 32069, en el marco de los recursos de apelación que se presenten en los procedimientos a su cargo.
10. Resolver los contratos menores conforme con lo establecido en la Ley N.° 32069 y su reglamento. 11. Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección no competitivos.
12. Aprobar los expedientes de contratación de subasta inversa electrónica y de comparación de precios.
Artículo 2°.- DELEGAR al jefe/a de la Unidad de Abastecimiento las siguientes facultades por el periodo 2025-enero 2027:
1. Aprobar los expedientes de contratación de licitaciones o concursos públicos en sus modalidades abreviadas cuyo monto sea menor a S/ 50 000.00.
2. Aprobar los expedientes de contratación de bienes y servicios referidos a la contratación a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco cuyo monto sea menor a S/ 100 000.00.
3. Aprobar los expedientes de contratación de concursos públicos abreviados para la contratación de expertos y gerentes de proyectos cuyo monto sea menor a S/ 50 000.00.
4. Suscribir los contratos menores, ya sea que se perfeccionen mediante orden de compra, orden de servicio o contrato.
5. Suscribir las órdenes de compra y las órdenes de servicio que perfeccionen la contratación conforme con lo previsto en el artículo 87 del Reglamento de la Ley N.° 32069, así como las que perfeccionan contrataciones a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco.
6. Expedir las constancias de prestación a contratistas de bienes, servicios y obras mientras se implementan las funcionalidades de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (PLADICOP).
7. Aprobar las modificaciones contractuales de los contratos menores y suscribir las actas o documentos equivalentes que se requieran para dicho efecto.
8. Solicitar y gestionar ante la OECE la inscripción, actualización y desactivación de la entidad en el Registro de Entidades Contratantes y del Usuario Gestor de la Información de la Entidad.
Artículo 3°.- DISPONER que la Oficina de Administración y Finanzas y la Unidad de Abastecimiento informen a la Gerencia General respecto de las actuaciones realizadas en virtud de la delegación conferida dentro de los cinco primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre del año, así como cuando lo requiera la Gerencia General.
Artículo 4°.- Las facultades delegadas en la presente resolución son aplicables para las contrataciones que se efectúan en el marco de la Ley N.° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 009-2025-EF.
Artículo 5°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en la página institucional de la Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el portal de transparencia estándar de la entidad.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Gerencia General