Resolución de Consejo Directivo N.° 029-2025-SUNASS-CD
AUTORIZAR la modificación del programa de inversiones del estudio tarifario para el periodo regulatorio 2025- 2029 de SEDAJULIACA S. A.
25 de abril de 2025
Artículo 1°. – AUTORIZAR la modificación del programa de inversiones del estudio tarifario para el periodo regulatorio 2025- 2029 de SEDAJULIACA S.A.; y en consecuencia, sustituir la inversión denominada “Reposición de pantallas en el floculador hidráulico de la PTAP N° 2” por la propuesta de inversión denominada “Implementación de lamelas en el sedimentador de Finos N° 01”, bajo la causal prevista en el numeral 3) del párrafo 93.1 del artículo 93 del Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2°. – DENEGAR la solicitud de modificación del programa de inversiones del estudio tarifario para el periodo regulatorio 2025-2029, presentada por SEDAJULIACA S.A., respecto de la incorporación de la propuesta de inversión denominada “Implementación de filtros a presión en la PTAP N° 01”, bajo la causal prevista en el numeral 3) del párrafo 93.1 del artículo 93 del Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 3°. – NOTIFICAR a SEDAJULIACA S.A. la presente resolución, así como el Informe de Especialista N.° 00054-2025- SUNASS-DRT, que forma parte integrante de esta.
Artículo 4°. – Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el portal de transparencia estándar.
Artículo 2°. – DENEGAR la solicitud de modificación del programa de inversiones del estudio tarifario para el periodo regulatorio 2025-2029, presentada por SEDAJULIACA S.A., respecto de la incorporación de la propuesta de inversión denominada “Implementación de filtros a presión en la PTAP N° 01”, bajo la causal prevista en el numeral 3) del párrafo 93.1 del artículo 93 del Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 3°. – NOTIFICAR a SEDAJULIACA S.A. la presente resolución, así como el Informe de Especialista N.° 00054-2025- SUNASS-DRT, que forma parte integrante de esta.
Artículo 4°. – Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el portal de transparencia estándar.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Consejo Directivo