Resolución de Consejo Directivo N.° 019-2025-SUNASS-CD
Difusión del proyecto mediante el cual se aprobaría la modificación del “Procedimiento de Autorización Excepcional a las Municipalidades para la Prestación de los Servicios de Saneamiento en PC"
16 de abril de 2025
Artículo 1º.- Disponer la difusión del proyecto de resolución de Consejo Directivo mediante el cual se aprobaría la modificación del “Procedimiento de Autorización Excepcional a las Municipalidades para la Prestación de los Servicios de Saneamiento en Pequeñas Ciudades”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 037-2019-SUNASS-CD, su informe y su correspondiente exposición de motivos en la sede digital de la Sunass (www.gob.pe/sunass); así como la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2°.- Otorgar un plazo de 15 días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, a fin de que los interesados remitan sus comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el artículo anterior a la mesa de partes virtual o física de la Sunass o al correo electrónico dpn@sunass.gob.pe. Los comentarios deben ser remitidos en el formato que se difundirá en la sede digital de la Sunass (https://www.gob. pe/sunass).
Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Políticas y Normas de la Sunass el acopio, la sistematización y el análisis de los comentarios que se presenten.
Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el portal estándar de transparencia.
Artículo 2°.- Otorgar un plazo de 15 días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, a fin de que los interesados remitan sus comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el artículo anterior a la mesa de partes virtual o física de la Sunass o al correo electrónico dpn@sunass.gob.pe. Los comentarios deben ser remitidos en el formato que se difundirá en la sede digital de la Sunass (https://www.gob. pe/sunass).
Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Políticas y Normas de la Sunass el acopio, la sistematización y el análisis de los comentarios que se presenten.
Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Sunass (www.gob.pe/sunass) y en el portal estándar de transparencia.
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