Resolución de Consejo Directivo N.° 010-2025-SUNASS-CD
APROBAR los Informes Finales de Evaluación, los cuales en anexo forman parte integrante de la presente resolución.
30 de enero de 2025
Artículo 1°. - APROBAR los Informes Finales de Evaluación Nros. 002-2025-SUNASS-DF, 003-2025-SUNASS-DF, 004-2025- SUNASS-DF, 005-2025-SUNASS-DF, 006-2025-SUNASS-DF, 007-2025- SUNASS-DF, 008-2025-SUNASS-DF, 009-2025-SUNASS-DF, 010-2025- SUNASS-DF, 011-2025-SUNASS-DF, 012-2025-SUNASS-DF, 013-2025- SUNASS-DF, 014-2025-SUNASS-DF, 015-2025-SUNASS-DF, 016-2025- SUNASS-DF, 017-2025-SUNASS-DF, 018-2025-SUNASS-DF, 019-2025- SUNASS-DF, los cuales en anexo forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- PROPONER al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento que las empresas prestadoras: EMUSAP S.A., EPS SEDA HUÁNUCO S.A., EMAPACOP S.A., EPS SEDALORETO S.A., EPS EMAPA CAÑETE S.A., EPSSMU S.A., EMAPISCO S.A., EMAPAVIGS S.A., EMAPA SAN MARTÍN S.A., EPS SEMAPACH S.A., EPS MOYOBAMBA S.A., EMAPA HUARAL S.A., EPS ILO S.A., EPSEL S.A., EMAPAB S.A., EPS BARRANCA S.A. y EPS EMAPICA S.A., continúen en el régimen de apoyo transitorio.
Artículo 3º.- PROPONER al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento que respecto de la empresa prestadora EPS MARAÑÓN S.A. se concluya el Régimen de Apoyo Transitorio.
Artículo 4°.- NOTIFICAR la presente resolución y sus anexos al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento y al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para los fines correspondientes.
Artículo 5°. - DISPONER la publicación de la presente resolución y sus anexos en el portal institucional de la Sunass (https://www.gob.pe/sunass).
Artículo 2º.- PROPONER al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento que las empresas prestadoras: EMUSAP S.A., EPS SEDA HUÁNUCO S.A., EMAPACOP S.A., EPS SEDALORETO S.A., EPS EMAPA CAÑETE S.A., EPSSMU S.A., EMAPISCO S.A., EMAPAVIGS S.A., EMAPA SAN MARTÍN S.A., EPS SEMAPACH S.A., EPS MOYOBAMBA S.A., EMAPA HUARAL S.A., EPS ILO S.A., EPSEL S.A., EMAPAB S.A., EPS BARRANCA S.A. y EPS EMAPICA S.A., continúen en el régimen de apoyo transitorio.
Artículo 3º.- PROPONER al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento que respecto de la empresa prestadora EPS MARAÑÓN S.A. se concluya el Régimen de Apoyo Transitorio.
Artículo 4°.- NOTIFICAR la presente resolución y sus anexos al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento y al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para los fines correspondientes.
Artículo 5°. - DISPONER la publicación de la presente resolución y sus anexos en el portal institucional de la Sunass (https://www.gob.pe/sunass).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Consejo Directivo