Resolución de Consejo Directivo N.° 00004-2025-SUNASS-CD

Prorrogar la no incorporación de la pequeña ciudad de Santa María de Nieva al ámbito de responsabilidad de EMAPAB S.A. por el plazo de 3 años, contados a partir del 18 de febrero de 2025

20 de enero de 2025

Artículo 1°. – PRORROGAR la no incorporación de la pequeña ciudad de Santa María de Nieva al ámbito de responsabilidad de EMAPAB S.A. por el plazo de 3 años, contados a partir del 18 de febrero de 2025 y, en consecuencia, autorícese, por el mismo plazo a la Municipalidad Provincial de Condorcanqui a continuar prestando los servicios de agua potable y saneamiento en la referida pequeña ciudad a través de su unidad de gestión municipal.

Artículo 2.- PRECÍSESE que en aplicación del párrafo 32.2 del artículo 32 del Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1280, Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, la prórroga a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución se otorga por única vez y concluye el 18 de febrero de 2028.

Artículo 3°. – NOTIFÍQUESE la presente resolución y el Informe N.º 00002-2025-SUNASS-DAP a la Municipalidad Provincial de Condorcanqui y a EMAPAB S.A.

Artículo 4°. – NOTIFÍQUESE al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento la presente resolución y el Informe N.º 00002-2025-SUNASS-DAP, a fin de que realice las acciones correspondientes en el marco de su competencia.

Artículo 5°. – DISPONER la difusión de la presente resolución y el Informe N.º 00002-2025-SUNASS-DAP en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (www.gob.pe/sunass).

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Consejo Directivo

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