Resolución Directoral N.° 184-2024-SUNASS-DS
DECLARAR a EPS GRAU S.A. responsable por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 66 del Ítem I del Anexo N° 2 del TUO del Reglamento General de Fiscalización y Sanción
12 de junio de 2024
Artículo 1°.- DECLARAR a EPS GRAU S.A. responsable por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 66 del Ítem I del Anexo N° 2 del TUO del Reglamento General de Fiscalización y Sanción, respecto de la medida correctiva única impuesta mediante la Resolución de la Oficina Desconcentrada de Servicios de Piura N° 0024-2023-SUNASS-ODS-PIU, de acuerdo con lo detallado en el numeral 3.14 de la presente resolución.
Artículo 2°.- SANCIONAR a EPS GRAU S.A. con una multa ascendente a 0.59 Unidades Impositivas Tributarias por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 66 del Ítem I del Anexo N° 2 del TUO del Reglamento General de Fiscalización y Sanción, respecto de la medida correctiva única impuesta mediante la Resolución de la Oficina Desconcentrada de Servicios de Piura N° 0024-2023-SUNASS-ODS-PIU.
Artículo 3°.- DISPONER que el pago de la multa a que se refiere la presente resolución, se realice en el Ministerio de Economía y Finanzas de acuerdo al procedimiento indicado en el Oficio Múltiple N° 001- 2024-SUNASS-DS en un plazo no mayor de 15 días hábiles, contado a partir del día siguiente de notificada la presente resolución.
Artículo 4º.- De conformidad con el artículo 37 del Reglamento General de Fiscalización y Sanción, la multa se reducirá en un 50% si se cancela en el plazo fijado en el artículo anterior y siempre que la sancionada no impugne la presente resolución. La multa se reducirá en 25% si se cancela como máximo dentro de los 5 días hábiles posteriores al vencimiento del plazo señalado en el artículo anterior y siempre que la sancionada no impugne la presente resolución.
Artículo 5°.- DISPONER que la presente resolución, el Informe de Decisión N° 168-2024-SUNASS-DS y el Oficio Múltiple N° 001-2024-SUNASS-DS sean notificados a EPS GRAU S.A.
Artículo 6°.- DISPONER que la presente resolución y el Informe de Decisión N° 168-2024-SUNASS-DS sean notificados a la señora Iris Yohana Sondor Cruz, para su conocimiento.
Artículo 2°.- SANCIONAR a EPS GRAU S.A. con una multa ascendente a 0.59 Unidades Impositivas Tributarias por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 66 del Ítem I del Anexo N° 2 del TUO del Reglamento General de Fiscalización y Sanción, respecto de la medida correctiva única impuesta mediante la Resolución de la Oficina Desconcentrada de Servicios de Piura N° 0024-2023-SUNASS-ODS-PIU.
Artículo 3°.- DISPONER que el pago de la multa a que se refiere la presente resolución, se realice en el Ministerio de Economía y Finanzas de acuerdo al procedimiento indicado en el Oficio Múltiple N° 001- 2024-SUNASS-DS en un plazo no mayor de 15 días hábiles, contado a partir del día siguiente de notificada la presente resolución.
Artículo 4º.- De conformidad con el artículo 37 del Reglamento General de Fiscalización y Sanción, la multa se reducirá en un 50% si se cancela en el plazo fijado en el artículo anterior y siempre que la sancionada no impugne la presente resolución. La multa se reducirá en 25% si se cancela como máximo dentro de los 5 días hábiles posteriores al vencimiento del plazo señalado en el artículo anterior y siempre que la sancionada no impugne la presente resolución.
Artículo 5°.- DISPONER que la presente resolución, el Informe de Decisión N° 168-2024-SUNASS-DS y el Oficio Múltiple N° 001-2024-SUNASS-DS sean notificados a EPS GRAU S.A.
Artículo 6°.- DISPONER que la presente resolución y el Informe de Decisión N° 168-2024-SUNASS-DS sean notificados a la señora Iris Yohana Sondor Cruz, para su conocimiento.