Resolución de Consejo Directivo N.° 009-2015-SUNASS-CD
Modifican la Directiva sobre Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario
26 de marzo de 2015
Artículo 1º.- Modificar los artículos 1, 3, 4, 7, 8, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 22, sumilla del Título Cuarto, artículos 24, 25, 26, 28, 30.1, 31, 33 y Anexo N° 2 de la Directiva sobre Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario, aprobada por el artículo 1 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 044- 2012-SUNASS-CD.
Artículo 2º.- Incorporar a la Directiva sobre Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario, aprobada por el artículo 1 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2012-SUNASS-CD.
Artículo 3º.- Derogar los artículos 5, 6 y el Título VI “Procedimiento de sanción por incumplimiento de Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas” de la Directiva sobre Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario, aprobada por el artículo 1 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2012-SUNASS-CD.
Artículo 4º.- El Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos - TRASS queda facultado para resolver los recursos de apelación interpuestos contra las sanciones impuestas por las EPS antes de la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 001-2015-VIVIENDA.
Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, la cual entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente resolución, exposición de motivos y matriz de comentarios en la página web de la SUNASS www.sunass.gob.pe.
Artículo 2º.- Incorporar a la Directiva sobre Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario, aprobada por el artículo 1 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2012-SUNASS-CD.
Artículo 3º.- Derogar los artículos 5, 6 y el Título VI “Procedimiento de sanción por incumplimiento de Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas” de la Directiva sobre Valores Máximos Admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario, aprobada por el artículo 1 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2012-SUNASS-CD.
Artículo 4º.- El Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos - TRASS queda facultado para resolver los recursos de apelación interpuestos contra las sanciones impuestas por las EPS antes de la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 001-2015-VIVIENDA.
Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, la cual entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente resolución, exposición de motivos y matriz de comentarios en la página web de la SUNASS www.sunass.gob.pe.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Consejo Directivo