Resolución de Consejo Directivo N.° 005-2014-SUNASS-CD
Modifican el Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento
16 de marzo de 2014
Artículo 1º.- Modificar el literal d) del numeral 10.1 del artículo 10, los literales h) y j) del artículo 13 y el numeral 14.2 del artículo 14 del Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 003-2007- SUNASS-CD y sus modificatorias.
Artículo 2º.- Incorporar al Anexo N° 4 “Tabla de Infracciones y Sanciones” del Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las EPS, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 003- 2007-SUNASS-CD y sus modificatorias, los ítems 1-A, 8-A, 8-B, 8-C, 17-A, 17-B, 17-C, 17-D, 17-E, 21-A, 21-B, 21-C, 21-D, 21-E, 25-A, 25-B y 25-C.
Artículo 3°- Disponer que lo establecido en el ítem 1-A del Anexo N° 4 “Tabla de Infracciones y Sanciones” del Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, entre en vigencia a los noventa días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación en el diario o¿ cial “El Peruano”.
Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe).
Artículo 5º.- Disponer la publicación de la exposición de motivos y de la matriz de comentarios en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe).
Artículo 2º.- Incorporar al Anexo N° 4 “Tabla de Infracciones y Sanciones” del Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las EPS, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 003- 2007-SUNASS-CD y sus modificatorias, los ítems 1-A, 8-A, 8-B, 8-C, 17-A, 17-B, 17-C, 17-D, 17-E, 21-A, 21-B, 21-C, 21-D, 21-E, 25-A, 25-B y 25-C.
Artículo 3°- Disponer que lo establecido en el ítem 1-A del Anexo N° 4 “Tabla de Infracciones y Sanciones” del Reglamento General de Supervisión, Fiscalización y Sanción de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento, entre en vigencia a los noventa días calendario contados a partir del día siguiente de su publicación en el diario o¿ cial “El Peruano”.
Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe).
Artículo 5º.- Disponer la publicación de la exposición de motivos y de la matriz de comentarios en la página web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Consejo Directivo