Sunarp: ¿sabes qué hacer si no dejaron un testamento a tu nombre siendo un heredero legal?

Nota de prensa
De enero a mayo del 2023, la Sunarp registró más de 55 mil sucesiones intestadas. Este trámite se realiza ante la inexistencia de un testamento
Foto de Señorita llenando formulario en oficina de Sunarp
Foto de usuario llena formulario en oficina de Sunarp
Foto de acta de sucesión intestada

Fotos: Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional

Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional

12 de junio de 2023 - 3:50 p. m.

Lima. Ante la ausencia o invalidez de un testamento, las personas con vocación hereditaria, respecto a la persona fallecida, pueden tramitar una sucesión intestada e inscribirla a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), a fin de acceder a la herencia.
 
La Sunarp informó que, de enero a mayo del presente año, registró 55 328 sucesiones intestadas, siendo Lima (23 712), Arequipa (4 425) y La Libertad (3 923) los tres departamentos donde más declaratoria de herederos fueron inscritas bajo esta modalidad.
 
Según se precisó, esposos, convivientes, hijos o padres solicitan la sucesión intestada en las oficinas registrales y haciendo uso del Sistema de Intermediación Digital (SID Sunarp), con la presentación electrónica de documentos con la firma digital de un notario.
 
Excepcionalmente, a solicitud y bajo responsabilidad del interesado, el parte notarial podrá ser presentado y tramitado por una persona distinta al notario. En este caso el notario, al expedir el parte, consignará el nombre completo y número de DNI de la persona que se encargará de la tramitación además de incorporar sus datos en el Módulo Sistema Notario.
 
Cabe mencionar que la tasa registral por la calificación de inscripción de la sucesión intestada es de S/ 24, monto que no incluye los honorarios de abogados, gastos notariales ni costos por la emisión u obtención de los documentos previos a esta etapa.