Convivencia. Conoce cómo puedes inscribir la unión de hecho en la Sunarp y garantizar tus derechos como conviviente

Nota de prensa
¿Sabías que todos los bienes y rentas obtenidas durante la vigencia de la convivencia pertenecen a los convivientes en partes iguales?
Foto de pareja recibiendo orientación en Sunarp
Foto de señorita llenando formulario en oficina de Sunarp
Foto de pareja de novios abrazados

Fotos: Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional

Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional

24 de mayo de 2023 - 7:38 p. m.

Lima. La unión de hecho es la convivencia libre y voluntaria entre un hombre y una mujer sin vínculo matrimonial entre sí, que haya durado por lo menos dos años continuos para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio. Adicionalmente, ellos deben encontrarse libres de impedimento matrimonial, cuando los convivientes estén de acuerdo en registrar la convivencia en el Registro Personal de la Sunarp.
 
A diferencia del matrimonio, donde existe la opción de elegir entre el régimen de sociedad de gananciales y régimen patrimonial de separación de bienes, en la unión de hecho el régimen de sociedad de gananciales es único y forzoso, es decir, todos los bienes y rentas obtenidas durante la vigencia de la convivencia pertenecen a los convivientes en partes iguales.
 
De allí la importancia de inscribir la convivencia en el Registro Personal de la Sunarp. De esta manera, la pareja precisa la fecha de inicio de la relación, así como la de su finalización —en caso se produjera—, ello con el objetivo de diferenciar con exactitud los bienes muebles e inmuebles que les corresponden a cada uno y evitar una injusta redistribución de su patrimonio.
 
En consecuencia, al inscribir su unión de hecho en la Sunarp, los convivientes garantizan la preservación de sus derechos patrimoniales o de propiedad.

¿Cómo registrar una unión de hecho?
El primer paso para formalizar una unión de hecho es acudir a un notario público, cuando ambos convivientes están de acuerdo en registrarla. Aquí se tramita la unión de hecho de acuerdo a los siguientes requisitos:
  • Solicitud que incluya los nombres y firmas de ambos solicitantes, así como el reconocimiento expreso que conviven no menos de dos años de manera continua.
  • Declaración expresa de los solicitantes que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.
  • Certificado domiciliario de los solicitantes. Debe ser el mismo para ambos convivientes.
  • Certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer, expedido por el Registro Personal de la oficina registral donde domicilian los solicitantes.
  • Declaración de dos testigos indicando que los solicitantes conviven dos años continuos o más.
  • Otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años continuos.
Posteriormente, el notario público realiza publicaciones de un extracto de la solicitud. Transcurridos 15 días útiles, de no presentarse oposición extenderá la escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho entre los convivientes, la cual se remitirá al Registro Personal de la Sunarp del lugar donde estos domicilian.
 
El costo de inscripción de una unión de hecho en la Sunarp es de S/. 24. Los gastos notariales varían de acuerdo a la notaría elegida.

Por vía judicial
También se puede solicitar la inscripción de reconocimiento de la unión de hecho a través de la vía judicial en cuyo caso se deberá presentar el parte judicial que contiene el oficio del juez, adjuntando las copias de la sentencia, certificadas por un auxiliar jurisdiccional, así como la resolución que declara consentida o ejecutoriada la sentencia. En ambos casos, deberá indicarse el número de DNI de los convivientes.