Sunarp: Peruanos inscriben 9 050 regímenes por separación de patrimonios y cerca de 9 mil testamentos

Nota de prensa
A noviembre, la Sunarp inscribió 8 965 testamentos, acto jurídico mediante el cual una persona manifiesta libremente su voluntad de dejar sentado por escrito y con valor legal
Foto de dos personas recibiendo información por parte de una servidora pública en un módulo de Sunarp

Fotos: Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional

Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional

15 de diciembre de 2025 - 4:58 p. m.

Lima. ¿Has escuchado hablar del régimen de separación de bienes y cómo funciona en el matrimonio? La inscripción de este régimen económico matrimonial ha ido aumentando en los últimos años, siendo Lima, Arequipa, La Libertad y Lambayeque las regiones con la mayor cantidad de separación de bienes inscritas entre enero y noviembre del 2025.

Como se sabe, en el matrimonio existen dos regímenes patrimoniales: el de sociedad de gananciales, cuyos bienes adquiridos durante la relación conyugal pertenecen a la pareja; y el de separación de patrimonios, en el cual cada cónyuge conserva a plenitud la propiedad, administración y disposición de sus bienes presentes y futuros.

El régimen de separación de patrimonios, que entra en vigencia desde su inscripción ante la Sunarp, evita que las deudas de su futuro cónyuge lo afecten, ya que éstas son pagadas con los propios bienes del deudor sin afectar los de usted, según establece el artículo 328 del Código Civil.

Este régimen se realiza antes de celebrarse el matrimonio civil de la pareja, aunque también puede optarse luego, denominándose a esta última sustitución de régimen patrimonial.

Esto quiere decir que, hasta antes de la celebración del matrimonio, los futuros cónyuges pueden otorgar escritura pública para elegir el régimen de separación de patrimonios; de no hacerlo, regirá, por defecto, el régimen de sociedad de gananciales.

Sin embargo, ya estando casados, pueden variar el régimen de sociedad de gananciales por el de separación de patrimonios, previa liquidación de bienes si es que los adquirieron desde la celebración del matrimonio; por lo que desde esa fecha mantendrán la propiedad, administración y disposición de sus bienes presentes y futuros y le corresponderán los frutos y productos de dichos bienes.

Las cifras
De enero a noviembre del 2025, la Sunarp inscribió un total de 9 050 regímenes por separación de patrimonios y sustitución del régimen patrimonial en el Registro Personal, que forma parte del Registro de Personas Naturales. Esta cifra supera en 4,44 % al total de inscripciones extendidas en similar periodo del año pasado, cuando se registraron 8 665 separaciones de bienes.

A nivel regional, Lima registró la mayor cantidad de separaciones de régimen patrimonial inscritas entre enero y noviembre del 2025 (4 933). A continuación, se ubicaron Arequipa (987), La Libertad (522), Lambayeque (295), Piura (279), Ica (243), Áncash (198), Junín (197), Cusco (188), Tacna (178), Cajamarca (151) y Puno (150).

Luego se ubican las regiones de San Martín (115), Ucayali (101), Huánuco (89), Ayacucho (83), Loreto (80), Moquegua (78), Apurímac (49), Madre de Dios (42), Amazonas (37), Tumbes (35), Huancavelica (12) y Pasco (8).

Testamentos crecen
De otra parte, la Sunarp, informó que, entre enero y noviembre del 2025, inscribió 8 965 testamentos, acto jurídico mediante el cual una persona manifiesta libremente su voluntad de dejar sentado por escrito y con valor legal, quienes podrán disponer total o parcialmente de sus bienes tras su fallecimiento.

Estas cifras evidencian un incremento del 5,14 % en el número de testamentos inscritos con relación al mismo período del 2024, cuando se inscribieron 8 527.

Con respecto a las regiones donde se contabilizan más registros en el periodo mencionado del presente año en curso, Lima ocupa el primer lugar con 5 567 testamentos inscritos, seguido de Arequipa (1 159), La Libertad (340), Cusco (269), Ica (194), Áncash (184), Lambayeque (180), Junín (169), Cajamarca (140), Huánuco (110), Piura (107) y Puno (99).

Luego figuran Ayacucho (91), San Martín (70), Tacna (61), Loreto (42), Amazonas (37), Apurímac (36), Moquegua (35), Ucayali (28), Pasco (17), Tumbes (14), Madre de Dios (12) y Huancavelica (4).

En el Perú no es común que los ciudadanos estipulen por escrito quienes podrán disponer de sus bienes tras su fallecimiento, no obstante, en los últimos meses se observa que cada vez más personas deciden otorgar un testamento, cuya inscripción ante la Sunarp otorga certeza y seguridad a los propietarios, constituyéndose en una garantía y protección frente a terceros.