Poder Ejecutivo publica Ley que autoriza nueva escala remunerativa para trabajadores de la Sunarp bajo el régimen 728
Nota de prensaMedida busca fortalecer el servicio registral en todo el país y garantizar condiciones laborales óptimas para más de dos mil servidores públicos

Fotos: Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional
6 de diciembre de 2025 - 12:13 p. m.
Hito registral. El Gobierno Peruano, en la persona del Señor Presidente de la República, José Jerí Oré, dispuso la publicación de la Ley N° 32521 -en el Diario Oficial “El Peruano”-, aprobada por el Congreso de la República, que autoriza una nueva escala remunerativa para los trabajadores de la Sunarp bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 728. Esta disposición permitirá modernizar las condiciones laborales, asegurar la sostenibilidad del sistema registral y mejorar la calidad del servicio ofrecido a la ciudadanía.
El superintendente nacional de la Sunarp, Manuel Augusto Montes Boza, sostuvo que “esta medida representa un paso decisivo para dignificar la labor de nuestros trabajadores y consolidar un sistema registral moderno al servicio de los ciudadanos. Nuestro compromiso es seguir construyendo una Sunarp más eficiente y humana”.
Asimismo, Montes destacó el apoyo del Ejecutivo, el Congreso, el firme respaldo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la persona de nuestro ministro, Walter Martínez y de manera especial la participación de la Fetrasinarp, la Sitra de la Zona Registral N°IX y la Sitrasunarp de la Sede Central para este importante logro laboral en el sector público.
Según la ley, la finalidad central de esta actualización remunerativa es fortalecer la capacidad operativa de la Sunarp como ente rector del Sistema Nacional de Registros Públicos, garantizando un servicio oportuno, inclusivo, transparente y eficiente. Con ello, se busca reforzar la seguridad jurídica del país a través de una inscripción registral más predictible y confiable.
La norma autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que, en un plazo no mayor de treinta días calendario contados desde la entrada en vigor de la presente ley, realice el estudio técnico correspondiente, a efectos de plantear la nueva escala remunerativa para los trabajadores de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) que se encuentran bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 728, Ley de Fomento del Empleo.