Sunarp recomienda ‘combo’ de la seguridad para proteger predios gratis: alerta registral + inmovilización de partidas
Nota de prensaFotos: Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional
26 de mayo de 2025 - 3:09 p. m.
Lima. Para reforzar la seguridad jurídica sobre nuestros predios la Sunarp brinda al usuario dos servicios gratuitos que le sirven para proteger su derecho de propiedad frente a personas mal intencionadas que buscan despojar de sus bienes a legítimos propietarios. Se trata de la Alerta Registral así como la inmovilización gratuita de partidas registrales.
Alerta Registral, el servicio gratuito de la Sunarp, continúa posicionándose como uno de los mejores aliados de la ciudadanía, permitiéndoles informarse sobre cualquier trámite de inscripción o de publicidad que se realice en la partida registral de sus bienes.
El servicio de Alerta Registral permite al ciudadano recibir dos tipos de comunicaciones:
a) Alerta de inscripción: brinda al ciudadano la posibilidad de ser informado, mediante mensajes SMS o al correo electrónico, sobre la presentación de un título para su inscripción, vinculado a la partida o partidas registrales previamente afiliadas al servicio.
b) Alerta de Publicidad: brinda al ciudadano la posibilidad de ser informado, mediante mensajes SMS o al correo electrónico, con respecto a la expedición de un servicio de publicidad registral sobre una o más partidas del registro de predios previamente afiliadas.
Para afiliarse al servicio alerta registral, solo es necesario ingresar al portal institucional https://alertaregistral.sunarp.gob.pe/alerta/Inicio desde cualquier dispositivo electrónico conectado a Internet, brindar algunos datos generales, tales como el correo electrónico y el número de teléfono móvil en los que recibirá las comunicaciones y tener a la mano el número de las partidas registrales sobre las que desee mantenerse informado, a fin de asociarlas al servicio de alerta de inscripción, precisando la oficina registral y el tipo de registro al que pertenecen (predios, jurídicas, vehicular) y el nombre de la persona, para el caso del registro de mandatos y poderes.
Una vez creado su usuario, también puede activar el servicio alerta de publicidad respecto de las partidas del registro de Predios.
El servicio de Alerta Registral, es gratuito, se brinda indefinidamente y puede ser cancelado en cualquier momento por el mismo afiliado.
Inmovilización de partidas gratuita
Además, la Sunarp tiene implementado el servicio gratuito de Inmovilización de Partidas en el Registro de Predios, por el cual el dueño de una casa, departamento o terreno puede colocar “un candado” de manera voluntaria y temporal a la partida donde está inscrita su propiedad, inmovilizándola a fin de impedir que personas inescrupulosas realicen transferencias, cargas o gravámenes en ésta.
Pero, ¿en qué casos se recomienda inmovilizar un inmueble? Se recomienda esto cuando por motivos de trabajo, estudios u otros, el propietario tiene que ausentarse de su ciudad por un tiempo prolongado. También se recomienda inmovilizar un predio cuando se tiene dos o más propiedades y solo se va a ocupar una de estas.
Según la Sunarp, ello no imposibilita que cualquier persona que no piensa transferir su predio también pueda solicitar la inmovilización de su propiedad.
En ese sentido, la Sunarp detalla las vías para solicitar la inmovilización de la partida ante un posible fraude registral, en la Directiva N° 01-2022-SDNR-DTR, aprobada por Resolución N° 057-2023-SUNARP/SN.
¿Cómo realizar el trámite gratuito?
La inmovilización de partida con aviso electrónico es totalmente gratuita, y la solicita el titular del predio. En el supuesto que el titular del inmueble sea una sociedad conyugal, cualquiera de sus integrantes podrá solicitarla.
Se solicita de manera presencial mediante formato de la Sunarp. Su registro genera un aviso electrónico vinculado a la partida registral y el trámite se realiza presentando los siguientes documentos:
- Solicitud de inscripción de título (formulario de distribución gratuita disponible en la oficina registral), debidamente llenado y firmado por el presentante (persona que realiza el trámite en la Sunarp).
- El formato de inmovilización de partida con aviso electrónico, que se descarga de la página web de la Sunarp, debidamente llenado y suscrito. Dicho formato contiene, entre otros, la declaración jurada del titular registral, en el sentido que el predio sobre el cual se solicita la inmovilización no ha sido transferido o se encuentra con carga o gravamen voluntario, no inscrito, de fecha cierta anterior a la presentación de la solicitud de inmovilización.
Plazo de calificación: 7 días hábiles contados a partir del día siguiente de su presentación.
¿Por cuánto tiempo se puede inmovilizar una partida?
La inmovilización tendrá una vigencia máxima de 10 años, contados desde el día de su presentación en el Registro de Predios. También se podrá solicitar la inmovilización por un plazo menor. La inmovilización caducará de pleno derecho cumplido el plazo establecido.