Sunarp: compraventa de propiedades se incrementan en 11% durante primer trimestre de 2025

Nota de prensa
Registra la compraventa de tu predio, accede al crédito y protege tu propiedad
Foto de Una pareja, hombre y mujer, observan edificio donde están construyendo departamentos

Fotos: Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional

Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional

7 de mayo de 2025 - 1:07 p. m.

La inscripción de compraventas en el Registro de Propiedad Inmueble que administra la Sunarp se incrementó en 11.21 % en el primer trimestre del presente año, en relación al período enero-marzo del 2024.

En el primer trimestre del 2025 se registró la inscripción de 64 mil 202 compraventas en relación a 57 mil 733 correspondientes al 2024. Este registro creció en todos los departamentos del país.

¿Por qué es importante registrar tu predio en la Sunarp?
Para considerarnos propietarios es necesario registrar el acto de la compraventa en la Sunarp, de manera que nuestra condición de dueños pueda ser de conocimiento público y cuente con todos los mecanismos de seguridad jurídica que brinda el registro.

Al registrar un inmueble en la Sunarp, se obtienen los siguientes beneficios:
  • Seguridad jurídica (protección legal frente a otras personas).
  • Se publicita la condición de propietario (evita que se inscriban embargos, medidas judiciales, arbitrales o cualquier otro gravamen, relacionado con el antiguo propietario).
  • Sirve para tener acceso al crédito bancario, ya que el inmueble inscrito puede servir como una garantía a la hora de solicitar un préstamo.
Pasos para registrar un inmueble
Para registrar un inmueble en la Sunarp, ya sea vivienda nueva como de segundo uso, se deben seguir los siguientes pasos:
1.- Verificar si la vivienda ya se encuentra inscrita. Para ello, se recomienda solicitar el certificado literal o la copia informativa del inmueble a adquirir, además del Certificado Registral Inmobiliario (CRI). Estos documentos contienen:
  • Historial del inmueble (todos los actos que se han realizado en el inmueble).
  • Nombre del propietario.
  • Los trámites pendientes sobre la propiedad.
  • Las cargas o gravámenes que hubiera sobre el inmueble.
2.- Celebrado el contrato de compraventa, el vendedor y el comprador de la vivienda deben acudir a un notario para que se expida el parte notarial de la escritura pública de la compraventa del inmueble.

3.- Solicitud de inscripción en la Oficina Registral. El trámite se realiza exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital (SID-Sunarp) a nivel nacional, por lo que, deberá coordinar con la Notaría para su presentación.

4.- El documento ingresado a la Oficina Registral de la Sunarp, llamado título, debe contener el parte notarial de la escritura pública de compraventa de la vivienda.

5.- Asiento de inscripción en la partida registral. Una vez que el título de compraventa del inmueble es revisado por el registrador público, este puede dar las siguientes respuestas:
  • Inscribir la compraventa de estar todo conforme. Si el expediente cumple con todos los requisitos legales y se han cancelado las tasas registrales correspondientes.
  • Observar, si falta algún requisito. En caso, que al expediente le falta algún requisito legal.
  • Liquidar, si falta cancelar la tasa registral. Si el expediente cumple con todos los requisitos legales; pero falta cancelar las tasas registrales.
Concluida satisfactoriamente la evaluación del expediente, el registrador inscribe la compraventa, con lo cual el Estado, a través de la Sunarp, le otorga seguridad jurídica y protección a su adquisición.

Costo Registral
Este se divide en dos: tasa por calificación (S/ 43.30) y tasa por inscripción, la cual varía de acuerdo al precio de la transferencia.