Inscriba su declaratoria de fábrica en Sunarp e incremente el valor de su propiedad

Nota de prensa
Una vez inscrito su bien se puede ofrecer como garantía o dar en herencia.
Foto de Personas esperando atención en oficina de Sunarp
Foto de Un hombre es atendido por trabajadora en ventanilla de oficina de Sunarp

Fotos: Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional

Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional

29 de noviembre de 2024 - 6:12 p. m.

  • De enero a octubre de este año, un total de 15 733 inmuebles fueron registrados a través del acto jurídico denominado declaratoria de fábrica.
Lima. La declaratoria de fábrica es la inscripción de una edificación en el Registro de Propiedad Inmueble de la Sunarp. Al inscribirla, el propietario logra un reconocimiento legal de lo construido.

Luego de construir uno o más pisos en su propiedad usted puede realizar la declaratoria de fábrica y si con el tiempo usted construye un piso más, puede solicitar la ampliación de la declaratoria de fábrica (siempre y cuando cumpla con los parámetros urbanísticos y de la edificación para su sector).

¿Para qué sirve la declaratoria de fábrica?
Sirve para reconocer su edificación bajo términos legales. La declaratoria de fábrica le da valor a su propiedad por la construcción que realizó. Si su propiedad cuenta con ampliaciones y/o remodelaciones ello permitirá elevar el valor de la propiedad y dichas construcciones deben ser inscritas en los Registros Públicos y así usted podrá contar con un documento que lo demuestra.

Para inscribir en Registros Públicos la fábrica o construcción de su propiedad deberá realizar el saneamiento del terreno o predio, por medio de compra venta, donación, herencia, adjudicación o prescripción adquisitiva (se realiza para solicitar notarial o judicialmente el título de propiedad por el tiempo que lleva en posesión del predio) a fin de que su derecho de propiedad se encuentre inscrito en los Registros Públicos.

Al inscribir el terreno o predio puede realizar la declaratoria de fábrica (construcción efectuada en la propiedad), si construyó uno o más pisos de su casa o hizo la declaratoria de fábrica de sus dos pisos y luego de unos años construye dos pisos más debe solicitar la ampliación de la fábrica, para elevar el valor de su propiedad, ya que así demuestra con documento legal la construcción efectuada.

Por último, una vez realizada la declaratoria de fábrica de su propiedad, usted puede independizar los pisos que construyó (así cada piso se convierte en una unidad inmobiliaria independiente con su título de propiedad inscrito en Registros Públicos) y con ello el propietario se convierte en dueño de varias unidades inmobiliarias y puede disponer de ellas para vender, hipotecar, heredar, etc.

¿En qué casos puedo solicitar declaratoria de fábrica?
  • Nueva edificación: Cuando se construye sobre un terreno, es decir, la edificación está concluida.
  • Ampliación de obra: Cuando construye un nuevo piso.
  • Remodelación: Construcción que modifica la estructura original de una edificación existente.
Beneficios del registro
Cuando se realiza una declaratoria de fábrica esa construcción es reconocida bajo términos legales obteniéndose beneficios como:
  • Se incrementa el valor de la propiedad.
  • Brinda el costo real de la edificación y facilita su venta.
  • El bien se puede ofrecer como garantía para un préstamo bancario.
  • Se podrá anticipar o dar en herencia la propiedad.
  • Se podrá independizar es decir dividir la propiedad en unidades inmobiliarias, facilitando su venta, hipoteca, herencia en una o varias unidades.
Requisitos para su inscripción
Para inscribir la declaratoria de fábrica en la Sunarp, puede realizarla vía regularización mediante la Ley N° 27157, modificada por la Ley 30830, la cual aplica para construcciones finalizadas hasta el 31 de diciembre del 2016, y se deben cumplir los siguientes requisitos:
Vale precisar que el verificador es el encargado de constatar la edificación para su regularización. La lista de verificadores habilitados la puede encontrar en el siguiente enlace https://www.sunarp.gob.pe/ConsultaVerificadores/ConsultaVerificadores
  • En caso la fábrica sea edificada por la sociedad conyugal en terreno que tiene calidad de bien propio de uno de los cónyuges se acompaña la copia certificada de la partida de matrimonio.
  • Plano de ubicación, localización y de distribución, suscrito por el verificador responsable, cuya firma debe estar certificada ante notario.
  • Informe Técnico de Verificación suscrito por el verificador responsable cuya firma debe estar certificada ante notario.
  • Declaración Jurada con firma legalizada notarial del verificador responsable indicando que no se encuentra comprendido dentro de los supuestos de improcedencia que establece la Primera Disposición Complementaria y Finales de la Ley 30830, la que precisa que no puede aplicarse el procedimiento de regularización para las edificaciones levantadas en zonas arqueológicas, zonas de protección ecológica, zonas de riesgo para la salud e integridad física, riberas de ríos, lagos o mares, así como en edificaciones en las que resulte evidente la contravención a los elementos básicos de seguridad, que ponga en riesgo la vida humana.
  • Pago de la tasa registral (derecho de calificación más inscripción):
    • Por derecho de calificación (tasa fija): S/ 49.90 soles.
    • Por derecho de inscripción (tasa variable): 3 multiplicado por el valor de la construcción y luego dividido entre 1000.
EL DATO:
De enero a octubre del presente año se registraron, a nivel nacional, 15 733 declaratorias de fábricas, un 23.75% más que las 12 714 registradas en similar período del año pasado.