Resolución de la Unidad Registral N.° 0924-2025-SUNARP-ZRN.°VIII/UREG
14 de julio de 2025
Artículo 1.- DISPONER que el Registrador de Predios LEVANTE las anotaciones de inicio del procedimiento de cierre de partidas que corren en el asiento B00001 de la P.E. N° 02012857 (pág. 09), y en el asiento B00001 de la P.E. N° 11003069 (pág. 3); se trasladen los asientos D00001 y D00002 que corren en la P.E. N° 11003069 a la P.E. N° 02012857 (partida que quedará vigente), y cierre la P.E. N° 11003069 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Huancayo, al haberse desvirtuado la duplicidad de partidas, como consecuencia de lo dispuesto en la Resolución Judicial N° 151 de fecha 31.10.2007 y aclarada mediante Resolución Judicial N° 169 de fecha 07.03.2008, que deja sin efecto todo gravamen que pesa sobre el inmueble materia de la presente y que forma parte del título archivado N° 7580 de fecha 17.03.2008, por las consideraciones expuestas.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Unidad Registral – Zona Registral n.º VIII – SUNARP
