Resolución de la Unidad Registral N.° 00460-2025-SUNARP/ZRI/UREG
23 de diciembre de 2025
AUTORIZAR a partir de la fecha toda abstención requerida por el Registrador Públicos (e) de la sección SID Predios del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Piura, Abogado Samuel Martín López Guerra, solicitadas en mérito al artículo 35° del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos, únicamente en el supuesto indicado en el párrafo quinto de la presente resolución. Del mismo modo, el pase por equidad deberá efectuarse invocando la presente resolución y como consecuencia de la abstención efectuada, comunicando al correo institucional: pasesregistraleszri_piura@sunarp.gob.pe, con copia a esta Jefatura de la Unidad Registral.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Unidad Registral – Zona Registral n.º I – SUNARP
