Resolución de la Unidad Registral N.° 0257-2025-SUNARP-ZRN.°VIII/UREG

24 de febrero de 2025

ARTÍCULO 1.- RECTIFÍQUESE el artículo 3 de la parte resolutiva de la Resolución de la Superintendencia de los Registros Públicos N° 00220-2025-SUNARP/ZRVIII/UREG de fecha 18.02.2025, debiendo ser como sigue:
  • Dice: “Artículo 2.- ORDENAR al Registrador de Predios de la Oficina Registral de Huancavelica, mediante anotaciones publicite en las partidas involucradas la duplicidad existente.”
  • Debe decir: “Artículo 3.- ORDENAR al Registrador de Predios de la Oficina Registral de Tarma, mediante anotaciones publicite en las partidas involucradas la duplicidad existente.”
Por las consideraciones expuestas, y de conformidad con lo que establece el artículo 212° numeral 212.1 del T.U.O. de la Ley del Procedimiento Administrativo General, debiendo quedar subsistente en todo lo demás que la contiene.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de la Unidad Registral – Zona Registral n.º VIII – SUNARP

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